El presidente Luis Arce puso en plena vigencia el Decreto Presidencial 5460, promulgado el 22 de septiembre de 2025 y aprobado recientemente mediante resolución de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), con el propósito de reducir el hacinamiento carcelario y promover la reinserción social de las personas privadas de libertad por delitos menores.
La norma establece las condiciones, requisitos y procedimientos para la concesión de indultos a personas con sentencia condenatoria ejecutoriada, siempre que cumplan los criterios humanitarios establecidos.
“Entra en plena vigencia el Decreto Presidencial 5460 de 22 de septiembre de 2025, el cual fue aprobado mediante Resolución de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Esta norma, de gran relevancia, establece las condiciones para la concesión de indultos, así como los requisitos y el procedimiento para su otorgación”, publicó el mandatario en sus redes sociales.
¿A qué privados de libertad beneficia?
El director general de Régimen Penitenciario, Juan Carlos Limpias, explicó que el decreto se aplica como una medida por razones humanitarias, en cumplimiento de la Constitución Política del Estado.
“Hoy queremos presentar el Decreto Presidencial 5460, indulto presidencial por razones humanitarias. Es una medida que se aplica a personas con sentencias ejecutoriadas, buscando reducir el hacinamiento carcelario en Bolivia”, afirmó.
De acuerdo con Limpias, el beneficio se aplica a personas condenadas con:
Penas iguales o menores a 10 años, sin requisito de cumplimiento previo.
Penas iguales o menores a 12 años, con al menos una tercera parte de la condena cumplida.
Penas iguales o menores a 15 años, con al menos la mitad de la pena cumplida.
Todo ello bajo los principios de gratuidad, celeridad y responsabilidad.
El indulto solo se otorga a quienes no tengan otros procesos, no sean reincidentes y no se hayan beneficiado de otro indulto en los últimos cinco años.
Entre las exclusiones, la medida no aplica a personas condenadas por genocidio, terrorismo, feminicidio, infanticidio, trata y tráfico de personas, delitos sexuales, violencia contra la mujer (Ley 348), narcotráfico con penas mayores a 10 años, corrupción (Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz) ni delitos con víctimas múltiples o contra niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad.
Respecto al procedimiento, Limpias indicó que el trámite es rápido y gratuito:
“El privado de libertad o su representante podrá presentar la solicitud ante la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario, que verificará los requisitos y emitirá una resolución administrativa. Esta se remite al juez, quien tiene la responsabilidad de homologarla y emitir el mandamiento de libertad. Todo el proceso debe realizarse en plazos cortos, de tres a cinco días hábiles.”
El funcionario subrayó que la medida responde a un enfoque de derechos humanos:
“Los derechos humanos no tienen color político, los derechos humanos no se politizan. Nos alegra que la Asamblea Legislativa haya entendido de esta manera, aprobando este decreto presidencial por razones humanitarias”, añadió.
Beneficiará a 5.000 privados de libertad
Durante la conferencia de prensa, el ministro de Gobierno, Roberto Ríos, explicó que el Decreto Presidencial 5460 extingue la pena impuesta a personas con sentencia ejecutoriada, y precisó que su aplicación tendrá alcances más amplios y técnicos que las normas anteriores de indulto o amnistía.
“Como bien nos señalaba nuestro director de Régimen Penitenciario, se ha convocado a esta conferencia de prensa para informar cuál es el objeto, los alcances y qué personas serán beneficiadas con este decreto presidencial. Consideramos que existe una diferencia sustancial respecto a anteriores decretos, porque este, además de tener un enfoque más técnico, beneficiará a un número mayor de personas privadas de libertad”, afirmó Ríos.
Según el ministro, la población penitenciaria en Bolivia alcanza actualmente las 33.200 personas, mientras que la capacidad total de los recintos es de aproximadamente 15.600, lo que representa un hacinamiento del 113% a septiembre de 2025.
“Esta concesión de indulto busca reducir el hacinamiento carcelario y se prevé beneficiar a aproximadamente 5.000 personas privadas de libertad, lo que representa cerca del 15% del total de la población penitenciaria del país”, señaló.
Ríos añadió que este decreto fortalece el modelo de gestión técnica penitenciaria y reafirma el compromiso estatal con la reinserción y rehabilitación.
“Con este decreto consolidamos un sistema más amplio, fortaleciendo el modelo de gestión técnica penitenciaria. Este año hemos avanzado también con el programa Cárceles Productivas y con la proyección de decretos de indulto y amnistía que han beneficiado a más de 1.700 personas”, indicó.
Asimismo, remarcó que la aprobación del Decreto 5460 responde a un trabajo coordinado entre el Ministerio de Gobierno, la Dirección de Régimen Penitenciario y la Asamblea Legislativa.
“Escuchamos el pedido clamoroso de las personas privadas de libertad. Hemos trabajado mañana, tarde y noche junto al equipo del Ministerio y el gabinete de ministros. La Asamblea actuó con diligencia y permitió que este decreto entre en vigencia y tenga una validez de un año”, dijo.
Consultado sobre cómo se garantizará que los beneficiarios no reincidan, Ríos aclaró: “El decreto establece claramente que las personas reincidentes, que ya cuenten con sentencias anteriores, no pueden acceder al beneficio. Es fundamental que quienes se acojan cumplan los requisitos que fija la normativa.”
Además, el ministro sostuvo que esta política es una muestra del compromiso del Gobierno con los hechos concretos y la humanidad. “Nuevamente demostramos que no solo hemos gobernado con palabras, sino también a partir de los hechos”, agregó.