La zozobra que viven las familias cuando el fuego amenaza constantemente a sus viviendas, a sus cultivos y a los pulmones verdes es algo que se repite cada año. Se activan las emergencias para atender los incendios que llenan el ambiente de humareda, se escuchan los gritos de auxilio y los bomberos van en su ayuda, pero las fuerzas se agotan pronto debido a las carencias y el apoyo insuficiente del Estado.
Agosto y septiembre son considerados los meses más críticos de incendios forestales. La pérdida de bosque y de animales silvestres es incalculable. Los registros muestran que, en los últimos 12 años, el fuego ha arrasado con más de 22 millones de hectáreas en Santa Cruz. Cuando apenas la vegetación se está regenerando, los incendios vuelven y hasta el momento nada logra poner freno al desastre.
Ante este panorama, tres instituciones involucradas con el tema coinciden en que urge un cambio en la normativa, porque mientras hay árboles que tardan más de 30 años en crecer, la pena máxima que reciben los infractores es de cuatro años de cárcel y muchos ni siquiera llegan a ser procesados.
La Asociación de Municipios de Santa Cruz (Amdecruz), la Gobernación y la Autoridad de Bosques y Tierra (ABT) aseguran que las leyes vigentes son obsoletas, sobre todo en lo que se refiere a las sanciones. Consideran que es momento de modificar y endurecer las normativas para que los responsables de los siniestros reciban penas más duras.
Luis Flores, director de la ABT en Santa Cruz, propone, como primer paso, una cumbre contra los incendios forestales, que reúna a todos los que tienen que ver con esta problemática a fin de buscar soluciones. “Que cuente con la participación de todas las instituciones, grupos sociales, comunidades, municipios y otros. Es la única manera de conocer, analizar y plantear estrategias coordinadas que nos ayuden a evitar los siniestros cada año”, apuntó.
Flores indicó que el Código Penal, en artículo 206, estipula que los delitos tipificados como incendios son sancionados con cárcel de dos a cuatro años. “Esto significa que si una persona provoca un incendio que se sale de control llega a ser cautelado, pero se puede someter a un procedimiento abreviado, donde le den dos años, pero el daño que ocasionó al ecosistema es irreparable”.
También observa la sanción que se impone en los procesos administrativos a los que incurren en las quemas ilegales. “Existe un instructivo en el que se estableció que desde el 30 de junio quedan prohibidas las quemas, es decir, a partir de esa fecha todas las quemas son ilegales. Sin embargo, todavía se registran y la multa establecida para esta acción es de $us 0,20 por hectárea y, aunque se cuantifica toda el área afectada, el monto que se cobra no compensa toda la logística, el transporte y las demás cosas que se emplean para castigar al infractor”, indicó.
En esa misma línea, Yovenka Rosado, directora de Recursos Naturales de la Gobernación, señaló que muchas veces los que denuncian terminan pagando más que la multa que le impone a los denunciados.
“Hay que revisar la normativa legal a escala nacional. La Ley 1700 es antigua y establece una multa realmente baja con relación al daño que se provoca. Por eso, nosotros siempre recomendamos que se haga la denuncia ante la ABT, pero resulta que el que denuncia paga más que el denunciado, que cumple con su sanción”, señaló Rosado.
Otra observación que realiza la encargada de Recursos Naturales de la Gobernación es que, si bien el Código Penal establece como delito los incendios, el Ministerio Público no ha activado ninguna acción con la Policía ni ha salido a realizar un rastrillaje, monitoreo e investigaciones de oficio.
A ello también se suma que los procesos burocráticos, establecidos en la Ley de Gestión de Riesgos, para que los municipios se declaren en desastre.
“Esta norma manda a que se realice un informe técnico, uno legal y uno económico, donde demuestren que han agotado los recursos en cada municipio. Si no agotan sus recursos, tienen que ir a una declaratoria de emergencia, pero eso no habilita a la Gobernación a que destine recursos para apoyar a esa comuna. Recién puede hacerlo cuando el municipio agota todos sus recursos y se declara en desastre. El mismo procedimiento debe hacer la Gobernación para declararse en emergencia o en desastre. Por ahora, estamos en emergencia departamental”, detalló Rosado.
Pero eso no es todo, otra norma que se debe revisar es la Ley 449, que regula el funcionamiento de los bomberos, que prohíbe a las entidades públicas dar apoyo a los voluntarios, porque establece que ellos deben ser autónomos y deben operar con sus propios recursos. Antes que aparezca esta norma, la Gobernación podía dar un estipendio a los bomberos voluntarios que iban a apoyar las emergencias y cubría su alimentación, que es lo básico”, dijo la responsable de Recursos Naturales de la Gobernación.
Hediberto Cuéllar, presidente de Amdecruz, considera que la ABT debe endurecer los controles. “Debe desplegar personal por todas las provincias, hacer las requisas, identificar a quién o quiénes hacen estos daños medioambientales”, reclamó, a tiempo de aclarar que, a pesar de los esfuerzos realizados año tras año, se siguen lamentando cientos de hectáreas consumidas por el fuego.
“Este año el fuego alcanzó a sembradíos de cítricos y una docena de casas en la comunidad Nueva Esperanza”, manifestó Cuéllar, quien asegura que desde las comunas hacen campañas de concienciación y educación para que la gente no queme su basura ni prenda fuego cuando haya fuertes vientos.
Datos
En lo que va del año se han atendido casi 400 emergencias, cifra que supera a la registrada en 2021, cuando se contabilizaron solo 250.
La cantidad también está a punto de alcanzar los registros de 2020, con 348 emergencias por incendios, y ya superó los de 2019, cuando se vivió la peor catástrofe en la Chiquitania y se alcanzaron 307. En cuanto a la superficie quemada, en lo que va del año suman más de 200.000 hectáreas afectadas, según la Gobernación.