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ASFI asegura que la nueva reglamentación da transparencia y atraer innovación segura al sistema financiero

Martes, 15 de julio de 2025 a las 11:02

 

El ente regulador asegura que no existen barreras desproporcionadas ni garantías económicas millonarias para operar como empresa tecnológica financiera.

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) oficializó el reciente Reglamento para Empresas de Tecnología Financiera (ETF) mediante la Resolución 540/2025 — emitida el 3 de julio en cumplimiento de la Ley 1543 y el Decreto Supremo 5384 — con el objetivo de dotar de transparencia y seguridad al incipiente ecosistema fintech boliviano.

El reglamento clasifica a las fintechs como Empresas de Servicios Financieros Complementarios, abarcando cinco categorías: blockchain y activos tokenizados, plataformas de pago, financiamiento colaborativo, soluciones tecnológicas empresariales y otras categorías futuras 

 En total, 209 empresas fintechs, entre plataformas de pago y de criptoactivos, deben formalizarse antes del 31 de diciembre de 2025, o se toparán con la suspensión de sus operaciones.

Desde la entidad reguladora aclararon que el reglamento establece requisitos proporcionales al tipo de servicio ofrecido, priorizando la seguridad, calidad y continuidad en la prestación de servicios financieros apoyados en tecnología, tanto en el mercado de valores como en el de seguros. Lejos de restringir el ecosistema fintechs, ASFI asegura que busca formalizar e incentivar buenas prácticas en beneficio del consumidor financiero.

Es esencial que las empresas cuenten con infraestructura tecnológica adecuada, domicilio legal y condiciones mínimas de operación. Esto no responde a un afán restrictivo, sino a la necesidad de brindar servicios responsables y seguros”, detallaron desde la ASFI.

Uno de los puntos más controvertidos —y desmentido por ASFI— es la supuesta exigencia de garantías económicas que irían desde los $us 13.500 hasta más de $us 80.000. Según la autoridad, la garantía solicitada es únicamente una medida de seriedad del trámite, que se devuelve en su totalidad al concluir el proceso, sin representar un costo ni barrera financiera permanente.

En el reglamento se indica que la única obligación económica es una garantía de seriedad, equivalente a 5.000 UFV (aproximadamente Bs 14.000), reembolsable al cierre del trámite

Además, se negó que el reglamento exija de forma obligatoria contar con un “equipo legal y técnico”, como se mencionó erróneamente. “Son requisitos que no figuran en la normativa. Se ha difundido información imprecisa que puede desalentar la innovación”, observaron desde la entidad reguladora.

A tiempo de puntualizar que las empresas deben acreditar un domicilio legal, infraestructura tecnológica adecuada, políticas de ciberseguridad, manejo de información, atención al cliente y gestión de riesgos, todo proporcional al servicio que ofrecen 

.El Reglamento incorpora un Entorno Controlado de Pruebas (ECP): un espacio regulado para que las fintechs operen por hasta 12 meses, prorrogables hasta 36, en condiciones reales pero supervisadas. Este modelo permite a ASFI validar innovaciones, generar normativa específica y decidir sobre autorizaciones definitivas, evitando riesgos a los usuarios.

Bolivia ha registrado una explosiva adopción de criptoactivos, pues más de 250.000 usuarios y movimientos que alcanzan casi $us 1.000 millones, según datos del Gafilat correspondientes a 2024. En este contexto, una regulación equilibrada puede formalizar un mercado digital en auge sin dejar de proteger a los consumidores, evitando prácticas como cobros indebidos o transferencia de datos sin consentimiento 

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