La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) anunció el 7 de julio que comenzará a regular, mediante mediante la Resolución ASFI/540/2025, el uso de plataformas digitales utilizadas para la compra y venta de activos digitales, incluyendo criptomonedas. El ente regulador identificó a 209 empresas que actualmente operan en el país —basadas en tecnologías blockchain— que deberán adecuarse a la nueva normativa antes del 31 de diciembre.
El abogado especialista en Derecho Informático y delegado de la Cámara Blkockchain Bolivia (Cablock) habló con EL DEBER sobre los alcances de la normativa en el país. —¿Cuáles son los aspectos positivos y negativos que identifica en la normativa? No distingue entre el ámbito Fintech y el ecosistema de activos virtuales, que debieran regularse por cuerda separada. Debe leerse el reglamento sin hacer interpretaciones precipitadas, porque para eso existen reglas jurídicas. Cuando la entidad reguladora del Estado pide licencia con todos los requisitos que conlleva, como no objeción, presentación de documentos mínimos, etc., ya en sí, no es un incentivo a la inversión ni innovación. Por otro lado, alcanza a empresas que funcionaban antes del decreto, con un efecto retroactivo a través de un proceso de “adecuación” y, por otra parte, a las nuevas con otro procedimiento de “constitución” No es positivo que no establezcan un capital mínimo cierto. Podría ser positivo un sandbox regulatorio, pero se percibe un criterio de discrecionalidad de una sola entidad pública sin la intervención de otros actores. Sus categorías son genéricas —¿La normativa puede alcanzar a plataformas como Binance u otras que tienen presencia en Bolivia, pero que no están constituidas en el país? No, no alcanza a plataformas que no estén constituidas en territorio nacional. Sin embargo, no se termina de entender por qué, a pesar de que el del decreto ratifica esto, en el reglamento incluye un apartado como sujeto alcanzado a empresas extranjeras que tengan alianza con una ETF (Fondo Cotizado en Bolsa) local, regulando específicamente la figura de alianza en condiciones algo difusas. —¿Qué hace falta en Bolivia, para tener un mercado de fintechs seguras, confiables y que aporten al desarrollo de las finanzas personales y empresariales? Alfabetización y presupuestos específicos para tal efecto. Tal como lo indica la resolución 082/2024 que levanta la prohibición de criptoactivos que menciona educación financiera, y una política pública regida por un modelo de múltiples partes interesadas. También que desmitifique el paradigma de asociar criptoactivos con riesgo y estafas. —¿El plazo para adecuarse, hasta el 31 de diciembre es pertinente? ¿En ese tiempo pueden aterrizar otras empresas en el país? El plazo se establece para que se presente una carta de intención. Otras empresas no van a aterrizar en Bolivia no por plazos, sino por ese ámbito de aplicación que pareciera establecer una extraterritorial sobrerregulación a empresas extranjeras de manera indirecta, con la figura de las alianzas con ETF locales. Los plazos, conforme a la figura de los “entornos controlados de prueba” son indeterminados, así como el capital mínimo de cada potencial ETF. Si bien se ha visto un interés en empresas extranjera del sector, este reglamento no ha sido la mejor noticia porque no responde a una estructura de regulación laxa con incentivos para la inversión extranjera. —¿Usted qué le añadiría a la normativa? Aun no se cuenta con un marco regulatorio específico sobre el funcionamiento del ecosistema de cadena de bloques (blockchain) específicamente en cuanto a su implementación más pragmática de criptoactivos, y otros rubros, y no únicamente de manera enunciativa con categorías que realiza el reglamento de manera genérica. —¿Cuántas empresas están afiliadas a la Cámara Blockchain Bolivia? Contamos con 20 profesionales y 20 empresas: de las cuales son cinco holding o corporaciones, cuatro de pagos y 10 relacionadas a criptomonedas.PERFIL Abogado. Egresado del Doctorado en Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica Argentina. Magister en derecho informático por la Universidad de Barcelona. Docente titular de Derecho Informático en la UCB, con certificación Ethical Hacking ISO y Auditoría Informática. Es vicepresidente de la Academia Boliviana de Derecho e informática (ABDI), delegado de la Cámara Blockchain Bolivia (Cablock) y asociado de PPO Abogados.