¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Clasificados

Gobierno espera que se deniegue la tutela de la acción popular presentada contra el DS 5515

Martes, 20 de enero de 2026 a las 10:10
La representación del presidente Rodrigo Paz estará en la audiencia. Foto de archivo: Presidencia

El accionante del nuevo recurso es Wilmer Vásquez, el mismo que ya presentó otra acción popular en otra sala constitucional de Santa Cruz sin lograr su objetivo

Una sala constitucional de El Alto admitió una acción popular presentada en contra del Decreto Supremo 5515 y determinó que su audiencia se realice la tarde de este martes. El Ejecutivo espera que se deniegue la tutela solicitada mediante ese recurso. 

El Gobierno confirmó que asistirá a la audiencia en defensa de ese decreto que permite al presidente Rodrigo Paz ejercer sus atribuciones “a través de medios tecnológicos de comunicación, en caso de encontrarse fuera del territorio nacional de manera temporal”.

El accionante de este recurso judicial es el abogado Wilmer Vásquez, el mismo que ya presentó otra acción popular en otra sala constitucional de Santa Cruz sin lograr su objetivo.

El pasado “9 de enero, una sala constitucional de Santa Cruz le dijo a este mismo accionante que esta no es la vía y que no le puede conceder la tutela”, recordó el viceministro de Transparencia, Yamil García.

“Sin embargo, este accionante copió sus argumentos (presentados en Santa Cruz), los llevó a otra jurisdicción, buscó otra sala y ahora pretende abrir nuevamente una competencia que jurisprudencialmente no es viable”, continuó la autoridad en una entrevista con un canal televisivo.

Remarcó que no se puede abrir una segunda, tercera o cuarta acción tutelar, mientras la primera está todavía en revisión ante el Tribunal Constitucional, “por lo que esta es una de las causales de manifiesta improcedencia de esta nueva acción popular”.

Indicó que, además, una acción popular se fundamenta cuando existen derechos colectivos o intereses difusos que necesitan ser inmediatamente tutelados.

Afirmó que en este caso el accionante pretende cuestionar la constitucionalidad no solo del 5515, sino también del Decreto Supremo 5503, que jurídicamente ya no existe.

“Por eso (…) siendo múltiples los factores que concurren, nosotros esperamos que este tribunal (…) de forma bastante directa no solamente deniegue la tutela, sino le inste a este accionante a que verifique la jurisprudencia constitucional que se ha desarrollado en relación al doble o triple planteamiento de una problemática”, sostuvo.
 

¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Las notificaciones están desactivadas

Para activar las notificaciones: