El proceso de elección del nuevo Defensor del Pueblo empezará el 11 de marzo y culminará a fines de abril, según el proyecto de resolución que presentaron los jefes de bancada del MAS, Gualberto Arispe y Leonardo Loza, único proyecto que está en discusión. La comisión mixta de Constitución de la Asamblea sesionará mañana viernes para considerar el documento.
“La presentación de postulaciones se hará del 11 al 25 de marzo del año en curso, de horas 8:30 a 12:00 y de 14:30 a 18:00 de lunes a viernes, y hasta las 12:00 los días sábado y domingo, en la oficina habilitada de la Comisión de Constitución, Derechos Humanos, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Senadores, que se ubicará en el Palacio de la Revolución piso 2, calle Ayacucho N° 438 de la ciudad de La Paz” señala el inciso III del proyecto de resolución de “convocatoria pública a postulantes de Defensora o Defensor del Pueblo”, al que accedió EL DEBER.
El 14 de mayo de 2016 fue posesionado en ese cargo el abogado David Tezanos Pinto, quien decidió dejar el cargo el 24 de enero de 2019 acosado por problemas conyugales. El 31 de ese mismo mes, Nadia Alejandra Cruz Tarifa fue designada como Defensora interina y ejerce el cargo desde entonces.
Según la Ley del Defensor del Pueblo, la primera autoridad de esa oficina ejercerá el cargo por seis años a partir de su posesión, lo que significa que el MAS tiene 71 días aproximadamente para elegir a un nuevo Defensor. La propuesta masista establece todos los pasos que se deben seguir y pusieron 18 requisitos para los interesados.
Los requisitos
De los 18 requisitos que piden los masistas, llaman la atención el 9 y el 15. El primero exige que todos los candidatos sepan hablar al menos dos idiomas oficiales del país, el cumplimiento de ese requisito será en las entrevistas que tendrán los candidatos.
La segunda exigencia que llama la atención es la 15 porque condiciona que los candidatos no debían ser parte de los desmanes de 2019. Demanda “no haber participado o estar involucrado en actos de gobiernos militares o de facto, ni en la ruptura del orden constitucional”, señala ese precepto. El MAS y el Gobierno insisten en que en 2019 se produjo un golpe de Estado y hubo una ruptura del orden constitucional.
El parágrafo VI del artículo 9 del reglamento advierte en seguida: “Las personas que no cumplan con los requisitos deberán abstenerse de postular”.
Después están los requisitos más comunes y conocidos en todas las convocatorias que realiza la Asamblea Legislativa Plurinacional, como los deberes militares para los varones; no tener pliego de caro ejecutoriado; no tener sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de violencia contra la mujer; no tener parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad con autoridades; tener reconocida trayectoria en la defensa de los derechos humanos.
No haber expresado, en algún momento de su trayectoria, opiniones públicas o desarrollado acciones contra derechos fundamentales; no haber sido dirigente de organizaciones políticas, candidata o candidato a cargos electivos en los últimos ocho años; no tener militancia política al menos ocho años antes de la postulación; no ser, ni haber sido servidor público designado en el cargo de ministra o ministro, viceministra o viceministro, embajadora embajador, secretaria o secretario de las gobernaciones o municipios en los últimos ocho años.