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El reajuste del Gobierno solo cubre el 9,36% del costo real de las obras públicas

Martes, 29 de julio de 2025 a las 03:32

El Decreto 5321 reconoce solo el alza en materiales importados, que representan una fracción mínima del costo total. La Sociedad de Ingenieros alerta que la norma rompe el equilibrio económico de los contratos y empuja al sector al borde del colapso 

El sector de la construcción atraviesa una coyuntura crítica. La escasez de diésel, la falta de dólares y el encarecimiento constante de insumos han elevado considerablemente los costos de obras públicas. Sin embargo, el Decreto Supremo 5321, emitido por el Gobierno para autorizar reajustes de precios, solo permite cubrir un 9,36% del costo total de una obra tipo, lo que según expertos del sector es completamente insuficiente.


El decreto solo reajusta precios de materiales importados, que en una obra común representan el 26% del rubro de materiales. Pero los materiales, en promedio, apenas significan el 36% del total de la estructura de costos de una obra. Al hacer el cruce de datos, el decreto solo permite ajustar un 9,36% del total”, explicó Luis Alberto Soliz, asesor técnico de la Sociedad de Ingenieros de Bolivia (SIB) en Santa Cruz, en entrevista con Dinero 360 de EL DEBER Radio.


El resto —que incluye mano de obra, insumos nacionales, maquinaria local y gastos generales como traslados, campamentos y personal técnico— queda fuera del alcance del decreto. Para Soliz, esto rompe el equilibrio económico de los contratos, firmados con precios que ya no se sostienen en el contexto actual.
“Una empresa no puede seguir sacando plata de su patrimonio para cumplir un contrato con el Estado. Es un escenario insostenible”, advirtió.

 

Contratos rescindidos


El efecto ya es visible. Varias empresas están optando por rescindir contratos antes que continuar con pérdidas, aun cuando eso signifique perder las garantías bancarias depositadas. Otras, directamente, no se presentan a nuevas licitaciones públicas porque no hay certeza de que se reconozcan ajustes en el futuro.


Soliz explicó que el Decreto Supremo 5321 tiene vigencia solo hasta octubre de 2025 y no cubre nuevos contratos. La normativa vigente para contrataciones estatales, el DS 181, prohíbe el reajuste de precios. “Esto está paralizando proyectos, o dejándolos a mitad de camino”, dijo.


Soliz recordó que en la década de los 80, durante la hiperinflación, el Estado implementó un sistema de reajuste basado en fórmulas polinómicas, con 12 o 13 materiales representativos que permitían actualizar los precios de forma más integral y realista. “Ese sistema permitió seguir construyendo a pesar del 24.000% de inflación anual”, apuntó.


Una versión acotada se intentó en 2008, con solo cinco materiales y la posibilidad de que el contratista elija dos. “Tampoco funcionó bien”, comentó.


Mientras tanto, el sector privado sí continúa construyendo, gracias a la flexibilidad contractual. “Ahí no hay una norma que limite el reajuste. Si el constructor prueba que los precios subieron, se puede negociar. De lo contrario, se paraliza la obra y eso le cuesta más al inversionista”, explicó Soliz.


La situación no es menor. Algunas empresas constructoras enfrentan deudas de hasta tres meses por parte del Estado, lo que complica aún más su liquidez. “Si no se paga a tiempo y no hay reajuste, muchas corren el riesgo de quebrar o entrar en litigios judiciales que pueden durar años”, advirtió.

 

Octubre, un mes clave 


El decreto 5321 fue ampliado hasta octubre de este año. A partir de esa fecha, no se sabe qué mecanismo aplicará el Gobierno. Octubre y noviembre son, además, meses clave para la construcción, por las condiciones climáticas que permiten avanzar en obras antes de la temporada de lluvias.


“El sector está en una cuenta regresiva. Si no se amplía o ajusta la norma, muchas obras se frenarán. Y si no hay mecanismos más realistas de reajuste, el impacto será visible en el empleo y la inversión pública”, concluyó Soliz.

¿Qué dice el decreto?
La norma, establece mecanismos para ajustar los precios de materiales de construcción, maquinaria y equipos importados en los contratos de obras en ejecución de las entidades públicas.


Según el decreto, las instituciones podrán realizar un solo ajuste de precios mediante contratos modificatorios, con la posibilidad de aplicar porcentajes adicionales en función de la disponibilidad financiera. Además, se permitirá otorgar anticipos adicionales destinados a la adquisición de estos insumos importados, con la devolución proporcional basada en los avances certificados.


En mayo el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, explicó que los contratos no pueden ser ajustarse en el plazo previsto debido a los procesos de confirmación de los nuevos precios, la negociación posterior y los procedimientos que deben realizar las entidades públicas para hacer ajustes presupuestarios.


Por esta razón se amplió el plazo hasta el 31 de octubre de la presente gestión, para tener un margen suficiente para perfeccionar los contratos modificatorios con las empresas constructoras del país”, explicó Montenegro, en una rueda de prensa.


Desde la Sociedad de Ingenieros existen que el reajuste parcial obliga a los contratistas a financiar una parte sustancial de las obras con su propio patrimonio. 


Esto constituye, en la práctica, una forma de expropiación encubierta. Se vulnera el equilibrio económico contractual y se desplaza el patrimonio privado hacia el Estado”, observaron.


  


 

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