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Alivio crediticio: cómo Bolivia se transformó en líder de los diferimientos en América Latina

Domingo, 11 de enero de 2026 a las 10:00

Desde la pandemia, Bolivia acumuló seis decretos y una ley para diferir y reprogramar créditos, una política que divide a prestatarios, banca y economistas. Solo entre abril de 2024 y marzo de 2025 las entidades financieras atendieron más de 63.500 operaciones de reprogramación de créditos.

“Este proyecto va en contra de nuestro sector. Los seis meses de diferimiento solamente es una pausa, no es un perdonazo. Nosotros lo que necesitamos es un perdonazo y una condonación de intereses porque la situación económica en Bolivia está quebrada; en seis meses no nos vamos a poder capitalizar”, decía Melody Calderón, representante de la Asociación de Prestatarios de Buena Fe, durante una marcha realizada en septiembre en el centro de la ciudad de La Paz, Bolivia.

Con carteles en mano, los manifestantes protestaban contra un proyecto de ley impulsado por el Órgano Ejecutivo para el diferimiento del pago de créditos, al considerarlo insuficiente. La principal demanda era la condonación total de intereses e incluso se hablaba de un “perdonazo”. Días antes, la iniciativa había sido aprobada en la Cámara de Diputados y remitida al Senado para su tratamiento.

Finalmente, el 5 de noviembre —tras su aprobación en octubre por la Asamblea Legislativa Plurinacional— el Ejecutivo promulgó la Ley N° 1670, Excepcional de Suspensión Temporal de Embargos y Ejecución de Sentencias de Procesos Judiciales por Créditos de Vivienda de Interés Social, además del Diferimiento de Créditos para Vivienda de Interés Social y para las Unidades Económicas Micro y Pequeñas. Según el justificativo oficial, se trataba de una norma “destinada a proteger a las familias bolivianas y a los pequeños emprendedores ante la coyuntura económica que atraviesa el país”.

La aprobación del Decreto Supremo 5503, el 16 diciembre de 2025, reglamentó la aplicación de esta ley, esta vez en el gobierno de Rodrigo Paz. Sin embargo, a diferencia de lo que exigían diversos sectores sociales y de versiones preliminares del propio Gobierno, el marco vigente no contempla condonaciones. La norma establece únicamente el aplazamiento del pago de las cuotas y la reprogramación de las obligaciones en nuevos planes, una vez concluido el periodo de gracia y siempre que el prestatario lo solicite de manera expresa. Quedaron excluidos de este beneficio los deudores con procesos judiciales en curso.

Bolivia, líder en medidas de alivio

Este último diferimiento, ubicó a Bolivia en el primer lugar del ranking regional de medidas extraordinarias de diferimiento y reprogramación de créditos. La pandemia del Covid-19 marcó el inicio de una política que se ha prolongado en el tiempo y que es cuestionada por trasladar a la banca y a los usuarios parte del impacto de una crisis económica generada por un modelo estatista que el país arrastra desde hace más de una década.

Durante la emergencia sanitaria, varios gobiernos de América Latina implementaron políticas orientadas a aliviar, al menos parcialmente, la carga financiera de hogares y empresas afectadas por la paralización de actividades. En ese contexto, se aplicaron esquemas de flexibilidad, renegociación y alivio de deuda con el objetivo de amortiguar el impacto social y económico.

Un informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), titulado ‘Programas de moratoria de créditos bancarios en tiempos de Covid-19 en América Latina y el Caribe’, señala que durante la pandemia estos mecanismos se concibieron como medidas transitorias de alivio para empresas y familias. El documento subraya que, a diferencia de los esquemas de garantías estatales, las moratorias implicaron un esfuerzo principalmente para los bancos, pero no generaron impactos sobre las arcas fiscales.

De acuerdo con el reporte del BID y de los gobiernos, en países como Brasil, Ecuador, Chile, Costa Rica y Uruguay, estos mecanismos se extendieron incluso hasta 2024. En Bolivia, en cambio, la frecuencia y extensión de estas moratorias crediticias no encuentra un equivalente directo en la mayoría de los países de América Latina. Los registros de la Gaceta Oficial dan cuenta que se promulgaron seis decretos supremos y una ley específicamente orientados al alivio de las obligaciones financieras de los prestatarios.

La situación fue confirmada por la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), que informó a EL DEBER que los decretos supremos 4206, 4248, 4318, 4409, 5241 y 5503, junto con la Ley N° 1670, forman parte de un conjunto de medidas que no responden a acciones aisladas, sino a un proceso acumulativo iniciado en 2020 y profundizado durante el gobierno de Luis Arce.

Según estadísticas de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), entre abril de 2024 y marzo de 2025 las entidades financieras atendieron más de 63.500 operaciones de reprogramación de créditos, por un monto total de Bs 12.050 millones. En ese mismo periodo se registraron cerca de 120.500 operaciones de refinanciamiento, que alcanzaron aproximadamente Bs 10.700 millones.

Las cifras de 2024 reflejan una tendencia similar. Ese año, ASFI reportó más de 57.500 créditos reprogramados por un total de Bs 11.192 millones, además de 116.708 operaciones de refinanciamiento que sumaron cerca de Bs 10.300 millones. Estos datos se consolidaron con el Decreto Supremo 5241, emitido en octubre de ese año, que buscó apoyar a consumidores afectados por bloqueos y eventos climáticos.

Los antecedentes se remontan aún más atrás. En diciembre de 2022, ASFI registró 7.493 solicitudes de reprogramación por Bs 939 millones, de las cuales el 67% ya había sido procesado, lo que evidencia que el uso de estos mecanismos se fue normalizando con el paso del tiempo.

Implicancias del diferimiento

Nelson Villalobos, secretario ejecutivo de Asoban, sostiene que las medidas de alivio crediticio generan varios beneficios para los usuarios del sistema financiero. Entre ellos, la postergación temporal del pago total de la cuota —capital, intereses, seguros y comisiones— sin multas ni penalidades.

También destaca el mantenimiento de las condiciones originales del crédito, como la tasa de interés, el plazo y los seguros; la protección de la calificación crediticia, sin reportes negativos; la reducción del riesgo de sobreendeudamiento y de pérdida de vivienda o activos productivos, además de la suspensión excepcional de acciones judiciales en el caso de vivienda de interés social, conforme al Decreto Supremo 5503.

“Para la banca, los beneficios pasan por evitar una mora masiva e inmediata, permite gestionar el riesgo crediticio de manera gradual y ordenada, reserva la relación con los clientes y otorga un marco normativo claro, supervisado por ASFI, que reduce la discrecionalidad”, señaló.

No obstante, el economista Fernando Romero advierte que el principal riesgo no es el diferimiento en sí, sino la percepción de que no tiene costos. “El costo existe y se manifiesta posteriormente a través de menor crédito, mayor mora, un sistema financiero más conservador y una economía más lenta”.

En esa línea, considera que la medida puede evitar una crisis social inmediata, pero si no se gestiona de forma focalizada, temporal y acompañada de reprogramaciones realistas, puede sembrar las bases de una crisis financiera futura. “Debe entenderse como una medida excepcional y no como una solución estructural recurrente”, alertó.

Romero identifica al menos cuatro riesgos para prestatarios y entidades financieras. El primero es la caída de ingresos y rentabilidad, ya que durante el diferimiento no se perciben intereses ni comisiones, mientras los costos operativos se mantienen. “El impacto es mayor en entidades pequeñas, microfinancieras y cooperativas”, agregó.

El segundo riesgo es la mayor presión sobre las previsiones, debido al incremento del riesgo crediticio. El tercero es la restricción del crédito nuevo. “Como mecanismo de defensa, las entidades endurecen sus políticas crediticias: mayores requisitos, plazos más cortos y concentración en clientes de menor riesgo”, subrayó. El cuarto es el riesgo reputacional y legal, al quedar las entidades expuestas entre el cumplimiento obligatorio de la normativa y los reclamos de los prestatarios al concluir el periodo de gracia.

Para el economista Juan Fernando Subirana, al mantenerse el devengo de intereses y extenderse en el tiempo como políticas obligatorias, el alivio resulta solo parcial y puede incrementar la carga financiera futura de los deudores. “Además, estas medidas tienden a ocultar señales reales de estrés económico, postergando ajustes necesarios en sectores con problemas estructurales de productividad y solvencia”, afirmó.

Desde la perspectiva de la banca —añadió— el impacto más profundo y de mediano plazo es el deterioro de la calidad de la cartera, debido al aumento de provisiones y a la presión sobre el capital regulatorio, lo que reduce la capacidad de otorgar nuevo crédito. “La obligatoriedad regulatoria introduce riesgos de selección adversa y moral hazard, distorsiona la gestión de riesgos y desincentiva soluciones contractuales eficientes”, sostuvo.

El cierre externo

El analista financiero Marcelo Rocha sostiene que el alivio crediticio en Bolivia no es una medida coyuntural ni expansiva, sino la consecuencia directa de una restricción estructural: la pérdida de acceso al financiamiento externo. A su juicio, “las medidas de alivio crediticio aplicadas en el país no deben interpretarse como políticas expansivas ni como distorsiones al mercado financiero, sino como mecanismos defensivos orientados a evitar un deterioro sistémico del crédito”.

A diferencia de otros países de la región, Bolivia no puede refinanciar su deuda en los mercados internacionales, por lo que el ajuste se produce “puertas adentro: en los balances de los bancos, en la capacidad de pago de empresas y hogares”. Rocha recuerda que en 2025 el país fue degradado por Moody’s, S&P y Fitch (Ratings) debido al deterioro de la liquidez externa, la caída de las reservas internacionales y el déficit fiscal, lo que elevó el riesgo soberano a niveles “prácticamente prohibitivos”.

En ese contexto, el alivio crediticio opera como una “válvula de contención” para evitar un aumento abrupto de la morosidad y una contracción del crédito. Sin embargo, advierte que “el alivio crediticio no es una señal de fortaleza”, ya que solo compra estabilidad de corto plazo.

Sin mejoras en los fundamentos macroeconómicos, existe el riesgo de un mayor deterioro de la cartera bancaria y de una limitación del crédito productivo. El desafío, concluye Rocha, es que estas medidas no sustituyan las reformas estructurales necesarias para recuperar credibilidad y acceso a un financiamiento sostenible.

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