Con la Sentencia Constitucional 007/2025 emitida ayer, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) puso un candado definitivo a la reelección presidencial indefinida, cerrando cualquier posibilidad de una nueva postulación de Evo Morales. El fallo ratifica que ninguna persona puede ejercer más de dos veces el cargo de presidente o vicepresidente, ya sea de manera continua o discontinua.
Esta decisión se fundamenta en la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en los resultados del Referéndum Constitucional del 21 de febrero de 2016 (21F), en la Constitución Política del Estado (CPE) y en dos precedentes jurisprudenciales de alcance nacional.
“El presidente y vicepresidente están habilitados para una reelección por una sola vez, sea esta de forma continua o discontinua, conforme establece el artículo 168 de la Constitución Política del Estado, considerando que el término ‘una sola vez’ implica también la prohibición de un tercer mandato”, señala el primer punto de la resolución emitida en la Sentencia 007/2025.
La reacción de Morales y su entorno fue de rechazo inmediato. El exmandatario denunció la existencia de un supuesto “plan negro” en su contra, presuntamente orquestado por “el imperio norteamericano”, y anunció que acudirá a tribunales internacionales.
Mientras tanto, dirigentes de su bloque radical en el Chapare descalificaron la validez de la sentencia y ratificaron una marcha masiva el 16 de mayo con el objetivo de inscribir a Morales como candidato presidencial. “Si nos provocan, nosotros vamos a reaccionar”, advirtieron desde el trópico de Cochabamba.
Sustento jurídico La Sentencia 007/2025 se apoya, entre otros elementos, en la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte IDH, que establece que la reelección indefinida no constituye un derecho humano ni autónomo. Además, el TCP subraya que su fallo respeta la voluntad soberana del pueblo boliviano expresada en el referéndum del 21 de febrero de 2016, cuando la mayoría del electorado votó en contra de una reforma constitucional que habilitara a Evo Morales a postularse nuevamente. Durante su tercer mandato consecutivo (2014-2019), Morales impulsó esa consulta popular para modificar el artículo 168 de la CPE y así presentarse por cuarta vez en 2019. Aunque perdió el referéndum, el TCP de entonces avaló su candidatura mediante la controvertida Sentencia 084/2017, bajo el argumento de que la reelección era un derecho humano. Con el nuevo fallo de 2025, el actual TCP establece con firmeza que “ningún ciudadano boliviano, bajo ninguna circunstancia, puede ejercer más de dos veces el cargo electo de presidente o vicepresidente, sea este de forma continua o discontinua”. Además, aclara que este criterio es aplicable incluso a los periodos constitucionales ya concluidos, por lo que la jurisprudencia tiene efectos retroactivos y alcanza a todos los eventuales candidatos, sin excepción. En un comunicado institucional, el Tribunal recordó también la existencia de la Sentencia Constitucional 1010/2023 y de la Acción Constitucional 0083/2024, las cuales ya habían establecido “de manera categórica, el límite máximo de los mandatos presidenciales que puede ejercer un ciudadano boliviano”. Rechazo y amenazas En respuesta a las declaraciones de Morales y sus seguidores —que aseguraron que no permitirán las elecciones nacionales—, el decano del TCP, René Iván Espada, advirtió que ninguna amenaza puede poner en riesgo el proceso democrático. “La elección del 17 de agosto del 2025 es un hecho democrático fundamental que no puede ser amenazado por ningún interés particular o político. Por lo tanto, quien pretenda paralizar la elección nacional debe ser juzgado en el marco constitucional y legal vigente”, declaró. La respuesta del bloque evista fue inmediata y agresiva. Desde Morales hasta su equipo jurídico y los dirigentes de su núcleo duro en el Chapare, lanzaron ataques verbales contra los magistrados del TCP y el gobierno de Luis Arce. “Ahora sí empezó la batalla y la revolución (…) ahora sí llegó el momento de enfrentarles. En su momento les dije: a buenas o a malas se inscribe el comandante Evo como candidato único”, afirmó el dirigente campesino Ponciano Santos Colque Cruz, quien actualmente tiene una orden de aprehensión vigente desde 2024.