A menos de un mes de las elecciones subnacionales del 22 de marzo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) salió a explicar por qué algunos candidatos siguen en carrera y otros quedaron fuera. El presidente del TSE, Gustavo Ávila, en una entrevista exclusiva con EL DEBER, aseguró que todas las decisiones se tomaron cumpliendo la Constitución y las sentencias vigentes. En ese marco, la habilitación de Manfred Reyes Villa —que algunos interpretan como una “mano” política— fue, según dijo, simplemente la aplicación de la norma.
Ávila detalló que el TSE recibió más de 19 apelaciones contra decisiones tomadas en primera instancia por los tribunales electorales departamentales. Esos recursos, explicó, se dividen en dos grandes grupos. En primer lugar los que cuestionan la reelección de autoridades y los que observan el requisito de residencia.
Sobre la reelección, el mensaje fue directo, pues dijo que en Bolivia no se permite que una autoridad sea elegida más de dos veces. “La norma es para todos”, insistió Ávila. El cómputo, aclaró, se hace desde la vigencia de la Constitución de 2009. Es decir que si una persona ya fue alcalde en el periodo 2005-2009, luego entre 2010-2015 y volvió a postular después, esos mandatos cuentan dentro del límite.
Ávila sostuvo que el país ha cuestionado durante años la permanencia indefinida en el poder y que el Órgano Electoral no puede ir en sentido contrario. Por eso se inhabilitó a varios candidatos en departamentos como Beni, Santa Cruz y Oruro, donde pretendían volver a postular pese a haber cumplido el número máximo de gestiones permitidas.
En el caso de Reyes Villa, la situación fue distinta. Según explicó el presidente del TSE, no se le puede computar un periodo en el que no ejercía formalmente el cargo (fue alcalde de Cochabamba antes de la vigencia de la nueva CPE), porque eso iría contra la propia norma. Por esa razón, la Sala Plena rechazó las impugnaciones en su contra y lo dejó habilitado para buscar la reelección en la Alcaldía de Cochabamba.
El requisito de residencia
El segundo bloque de apelaciones tiene que ver con la residencia. La Constitución exige que quien aspire a una alcaldía o gobernación haya vivido de manera permanente en el país durante los dos años previos a su inscripción. Para demostrarlo, se debe presentar una declaración jurada o, en el caso de refugiados, la documentación correspondiente.
En este punto se enmarca la inhabilitación de Mario Cossío, quien buscaba volver a la Gobernación de Tarija. El TSE concluyó que no cumplía con el requisito de residencia continua y, por tanto, no podía seguir en carrera. Ávila señaló que, en uno de los casos vinculados a residencia, él fue recusado y no participó de la decisión, pero aseguró que la Sala Plena actuó conforme a la ley.
El titular del TSE también respondió a las críticas y amenazas de algunos postulantes inhabilitados, que incluso anunciaron procesos penales o constitucionales contra el Órgano Electoral. “No podemos decir que la reelección no vale para unos y sí para otros”, remarcó. Añadió que defenderán sus resoluciones en todas las instancias necesarias.