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TCP admitió demanda por el caso paro de 36 días; califican de ‘ilegal’ juicio a Camacho en La Paz

Lunes, 28 de abril de 2025 a las 15:44

El decreto 138 permitía llevar los casos por delitos de ‘terrorismo’ a la ciudad de La Paz, lo que fue impugnado

Una acción de inconstitucionalidad concreta presentada por Reinerio Vargas Banegas y José Luis Santistevan Justiniano contra los artículos 1 y 2 del decreto 138 prosperó en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y este ente revocó la decisión que había tomado una sala de La Paz sobre el paro de 36 días en 2022 y que mantiene en prisión al Gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho.

 

“TCP admite la acción de inconstitucionalidad concreta contra el decreto supremo 138 del 20/05/09, por lo que el proceso penal del caso ‘paro cívico’ de 36 días queda paralizado. En consecuencia, la detención del Gobernador @LuisFerCamachoV por este proceso es ilegal y arbitraria”, escribió este lunes, Vicente Cuellar, rector de la universidad Gabriel René Moreno, en sus redes sociales.

 

Este es uno de los procesos que abrieron contra el gobernador cruceño luego de su aprehensión en diciembre de 2022. Entre octubre y noviembre de ese año el departamento de Santa Cruz paralizó sus actividades demandando la realización del Censo de Población y Vivienda; Camacho fue responsabilizado de esos hechos, pero acusado meses más tarde, cuando ya estaba detenido por otros casos en la Paz.

 

Según los demandantes, el caso fue presentado en agosto de 2024 y les negaron la razón en un juzgado de instrucción de La Paz convertido en sala constitucional; el caso fue en revisión al TCP y este ente falló en favor de los demandantes en enero de este año, pero recién se notificó este lunes.

 

La demanda consistió en pedir la nulidad del decreto 138, que fue promulgado por Evo Morales en 2009. Según esa norma, todos los casos que tengan delitos de terrorismo deben ser juzgados en La Paz y Camacho fue acusado de terrorismo. Los demandantes pedían el juzgamiento respetando el ‘juez natural’, es decir que sea juzgado en Santa Cruz, donde se cometió el supuesto delito.

 

“Revocar la Resolución: 424-A,'2024 de 14 de agosto, cursante de fs. 26 a 31 vta., pronunciada por el Juez de Instrucción Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Doceavo de la Capital del departamento de La Paz”, señala la resolución constitucional e instruye la notificación a Luis Arce, porque es la autoridad que emitió el decreto impugnado.

 

 

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