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Senado sanciona la ley de permanencia obligatoria de exautoridades hasta seis meses

Sabado, 07 de febrero de 2026 a las 19:39

Faltan dos pasos, la promulgación a cargo del presidente y la publicación de la Ley de Modificación de Arraigo en la Gaceta Oficial 

Las exautoridades del gobierno de Luis Arce no podrán abandonar el país por el lapso de seis meses, porque la Ley 1352 que establecía el arraigo obligatorio por 90 días fue abrogada. Ocurrió en una sesión virtual de la Cámara de Senadores que sancionó la nueva ley por unanimidad de los 36 senadores.

“La presente Ley tiene por objeto establecer la obligación de permanecer en el territorio nacional por el lapso de seis (6) meses de haber cesado el mandato o ser destituida la Presidenta o el Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, Ministras o Ministros de Estado, Gobernadoras o Gobernadores, Alcaldesas o Alcaldes, Asambleístas Nacionales, Departamentales, Concejales Municipales y Máximas Autoridades Ejecutivas de las Empresas e Instituciones Públicas, Mixtas y Privadas que administren recursos fiscales, a efecto de rendir los informes que se requieran a las autoridades entrantes en el marco de la transparencia y precautelando los intereses del Estado”, señala el artículo modificatorio aprobado por los senadores.

La Ley sancionada fue expedita en su tratamiento puesto que la comisión de Justicia Plural trató el tema el miércoles y lo presentó ante el plenario de la Cámara de Diputados el jueves. Sin demora fue tratado en esta instancia y aprobado por la mayoría. El viernes, el documento ‘corrió’ por oficinas y a las 17:00 se publicaba la convocatoria para sesionar este sábado, pero por Zoom, lo que llamó la atención en Diputados.

Los senadores aprobaron la dispensación de trámite y eso les permitió tratar directamente el documento en la plenaria, puesto que el mecanismo regular es que el proyecto sea remitido a una comisión y que sea esta instancia la que informe la viabilidad del proyecto. Pero los senadores obviaron el paso y lo trataron directamente.

El proyecto de ley que fue tratado en la comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, tenía cuatro artículos y preveía ampliar a 1 año el arraigo obligatorio, sin embargo, luego de un debate se bajó ese lapso de tiempo a seis meses.

El documento debe seguir ‘corriendo’ puesto que faltan dos pasos. El primero que sea firmado por las directivas de ambas cámaras y luego ser trasladado al Órgano Ejecutivo para su promulgación. El artículo 164 de la Constitución Política del Estado señala que la ley entre en vigor cuando se publica en la Gaceta Oficial del Estado. 

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