Ante el paro indefinido que se lleva a cabo en Santa Cruz, el Ministerio de Trabajo, a través de la Jefatura Departamental, estableció que las empresas o establecimientos laborales que unilateralmente decidieron suspender actividades, “no pueden disponer la compensación de jornadas laborales, como tampoco realizar la imposición de vacaciones obligatorias y licencias sin goce de haberes”.
El comunicado 07/22 emitido en la víspera señala a su vez que estos establecimientos que hayan suspendido sus actividades de manera unilateral, tampoco podrán hacer descuentos a los salarios de los trabajadores y que en caso de que se produzcan estos, “serán considerados como descuentos ilegales”.
El pronunciamiento, según esa cartera de Estado, está dirigido a los trabajadores, empleadores y a la población en general, frente al cuarto día de paro por el censo que cumple la capital oriental.
Hoy Santa Cruz cumple una jornada parcial de abastecimiento, antes de continuar con su protesta indefinida. El diálogo no logra restablecerse y otras regiones del país anticipan similares medidas de presión para que la encuesta nacional se realice en 2023.