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Diputados tramita una modificación a ley de arraigo obligatorio recientemente promulgada

Lunes, 23 de febrero de 2026 a las 17:56

La ley está vigente desde el 7 de febrero y ahora volvió a la Cámara de Diputados para que sea reformada

Sorpresivamente, la Cámara de Diputados puso en su agenda semanal el tratamiento de una reforma a la Ley de arraigo obligatorio que deben cumplir las autoridades electas después de su mandato. Lo curioso es que lo hacen dos semanas después de haberla sancionado de manera apresurada.

Modificaciones e incorporaciones a la ley N° 1352 de permanencia obligatoria en territorio nacional de autoridades del nivel central del Estado y entidades territoriales autónomas”, señala el punto 3 de la agenda semanal de la Cámara de Diputados.

Esta ley originalmente fue aprobada en 2020 para que las autoridades del gobierno de Jeanine Áñez no abandonen el país en los tres meses siguientes a la culminación de sus funciones. En el Gobierno de Rodrigo Paz, los legisladores del PDC plantearon ampliar el plazo de permanencia obligatoria a seis meses, pero tenían el plazo fatal del 7 de febrero como fecha límite para su promulgación. Si lo hacían antes de esa fecha, los autoridades que acompañaron la gestión de Luis Arce podrían abandonar el país sin restricciones.

La ley 1709 fue sancionada y promulgada en tiempo récord porque la Cámara de Diputados aprobó el proyecto el jueves 5 de febrero y lo remitió al Senado, que se estaba tomando su tiempo. La directiva de la Cámara Alta convocó a una sesión por Zoom el sábado 7 de febrero. En una particular sesión fue sancionada casi por unanimidad. Ese mismo día, el Ejecutivo la promulgó casi a la medianoche.

Con esta ley, las exautoridades del gobierno de Luis Arce no podrán abandonar el país hasta el 7 de junio de este año. La norma alcanza a las autoridades subnacionales, es decir a gobernadores, asambleístas departamentales, alcaldes y concejales. Estos dejarán sus funciones en mayo de 2026, por tanto, deben permanecer en el país hasta noviembre de este año de forma obligatoria.

Sin embargo, por procedimiento legislativo, cualquier modificación o tratamiento de algún proyecto de ley, debe pasar necesariamente por una comisión. La comisión analiza el documento y envía su informe al pleno de los diputados. En este caso no se conoció de ningún trabajo de comisión, pero la directiva ya lo puso en agenda el tratamiento de modificaciones a la norma.

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