Las elecciones departamentales y municipales celebradas el domingo pasado dejaron elementos para el análisis que deberían servir para mejorar este proceso. La alta participación ciudadana para escoger por voto popular a más de 2.700 autoridades es uno de los aspectos destacados y mencionado en el informe presentado por los observadores de la Organización de Estados Americanos que acompañó los comicios. En el lado opuesto se encuentran los hechos de orden normativos y legales que empañaron la jornada, como los ocurridos en los municipios de San Ignacio de Velasco y Portachuelo, en el departamento de Santa Cruz.
En los días previos a la elección se produjeron algunas acciones que provocaron tensiones, como la inhabilitación de postulantes y la pérdida de personería jurídica de algunas siglas políticas. La designación de nuevos vocales en los tribunales electorales departamentales de Chuquisaca, La Paz y Santa Cruz dos días antes del verificativo electoral también ocasionó cierto desconcierto. Estos movimientos de último momento provocaron conflictos en Portachuelo, donde la población favoreció con el voto a un candidato que estaba inhabilitado, pero su nombre y fotografía figuraban en la papeleta de sufragio. En el caso de San Ignacio de Velasco, el Tribunal Departamental Electoral repetirá la votación para gobernador en 21 mesas el 5 de abril, debido a que hubo un error en la distribución de la boleta correspondiente a los candidatos a gobernador.
Para algunos especialistas, los incidentes ocurridos en este proceso son atribuidos, por una parte, a la vigente Ley Electoral aprobada por la Asamblea Legislativa Plurinacional dominada por el MAS, así como los fallos del Órgano Judicial, incluso violando el derecho a la preclusión, con el único fin de favorecer al proyecto político liderado por Evo Morales. Por otro lado, los errores en la distribución del material de sufragio son apuntados a factores humanos que deben ser sancionados.
En el aspecto normativo, la Ley Electoral contempla la inhabilitación y reemplazo de candidatos hasta 72 horas antes de las elecciones, como ocurrió en Pando y El Alto. Con esta misma norma también se pudo eliminar la personería jurídica a las agrupaciones Asip y Sol, en Santa Cruz, a escasos días de las elecciones.
La cuestionada ley atenta contra los derechos de los ciudadanos, y los vocales del Órgano Electoral debieron presionar para exigir su modificación, tomando en cuenta que el artículo 208 de la CPE establece: “El Tribunal Supremo Electoral es el responsable de organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales y proclamar sus resultados… El Tribunal garantizará que el sufragio se ejercite efectivamente, conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de esta Constitución. El artículo 26 señala: “Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres”.
El presidente del TSE, Gustavo Ávila, anunció que solicitará modificaciones en la ley, ya que afecta el derecho de los ciudadanos y de las organizaciones políticas, tal y como se evidenció en estas elecciones.
Sobre el envío de papeletas de votación que no correspondían a San Ignacio de Velasco, los especialistas cuestionan la falta de control de calidad del armado de las maletas electorales. Se obviaron mecanismos de seguridad para garantizar el correcto envío del material de votación.
A estas alturas del proceso y cuando se trabaja para encarar la segunda vuelta para la elección de gobernadores en la mayoría de los departamentos, el pueblo exige claridad en las reglas y certidumbre en los resultados, como ocurrió con el Sirepre, que funcionó sin interrupciones y permitió difundir tendencias la misma noche de la elección, con un 97% de actas procesadas antes de la medianoche.