La Sentencia Constitucional que deroga la inhabilitación de Evo Morales como candidato a senador por Cochabamba contiene cinco puntos. El primero de ellos establece la "indemnización económica a favor del ciudadano Juan Evo Morales Ayma como compensación por el daño causado a su persona. La sentencia no dispone el monto que debería recibir el exmandatario. Establece, eso sí, que la cuantía deberá contemplar los gastos judiciales, así como el lucro cesante y daño emergente ocasionados por las autoridades demandadas. El abogado Williams Bascopé cuestionó esta determinación asumida por el TCP. Compara la sentencia con otras emitidas por el mismo tribunal y que habrían señalado que esa labor no la realizan como entidad. El letrado refiere que en varias ocasiones solicitó la indemnización o el pago de daños en sus procesos pero nunca fue atendido. Es más, puntualiza que ante estos pedidos, el Tribunal Constitucional nunca calificó nada. También se manifestó el exviceministro Rafael Tata Quispe respecto a esta sentencia. Además de referirse al fallo del TCP cuestiona la determinación de indemnizarlo. ¿Aparte de hacerle daño dicen que lo van a indemnizar?, interroga.