La presidenta del Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz, María Cristina Claros, fue clara: la normativa prohíbe superponer calendarios electorales con actividades distintas. Las elecciones subnacionales y la elección parcial de magistrados del Tribunal Constitucional requieren convocatorias, plazos y padrones independientes.
La posibilidad de realizar simultáneamente las elecciones subnacionales -en las que se eligen autoridades departamentales, municipales y regionales- y la elección complementaria de magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional volvió a surgir en la agenda política. Ante ese planteamiento, EL DEBER consultó el criterio técnico y jurídico del Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz. La respuesta de su presidenta, María Cristina Claros, fue contundente: la ley no permite unificarlas.
“La normativa establece que no se pueden sobreponer dos calendarios electorales con diferentes actividades, más allá de que la esencia de cada proceso sea distinta”, explicó Claros.
La presidenta del TED recordó que ambos procesos tienen naturaleza, finalidades y procedimientos claramente diferenciados.
Las elecciones subnacionales designan autoridades departamentales, municipales y regionales, es decir, cargos políticos y de representación territorial.
La elección complementaria del TCP tiene un alcance mucho más específico: completar la elección parcial de magistrados del Tribunal Constitucional únicamente en el departamento de Santa Cruz.
Pero el impedimento va más allá del carácter de cada elección. Claros subrayó que, en el caso de los magistrados del TCP, toda elección debe estar precedida por un proceso de preselección legislativa, un procedimiento que tiene múltiples etapas y consume tiempo. “Eso ya lo pudimos experimentar con la elección judicial de 2024”, indicó.
A ese factor se suma un elemento técnico central: cada proceso electoral tiene su propia convocatoria y su propio tratamiento sobre el padrón electoral.
Claros recordó que el padrón tiene fechas de cierre inamovibles -por ejemplo, el 16 de diciembre- y que no es posible utilizar el mismo padrón para dos procesos distintos que requieren depuraciones y verificaciones independientes.
“Cada elección tiene su propio padrón y su propia convocatoria”, insistió.
Por esa razón, la presidenta del TED concluyó que la simultaneidad es inviable. En caso de avanzar con la elección parcial de magistrados del TCP, deberá fijarse una fecha distinta, que contemple el tiempo necesario para desarrollar la preselección en la Asamblea Legislativa y cumplir todas las fases reglamentarias.
“En todo caso, tendría que preverse alguna otra fecha, con la cantidad de tiempo necesaria para que se convoque la elección parcial”, afirmó.
La posición del TED Santa Cruz deja poco margen a la interpretación: las elecciones subnacionales y la elección complementaria del Tribunal Constitucional no pueden unirse en un solo proceso sin vulnerar la normativa electoral.