Por: Bruna Lafuente
Al momento son 8 organizaciones ciudadanas de carácter departamental que han cumplido con todos los pasos establecidos y presentaron sus estatutos adecuados hasta el 31 de diciembre del 2022.
Marco Monasterio, Secretario de sala plena del Tribunal Electoral Departamental, informó a EL DEBER que dentro del periodo que Tribunal Supremo Electoral estableció de acuerdo al cumplimiento de la ley 1096, las organizaciones que presentaron sus estatutos dentro del plazo determinado fueron, Agrupación De Propuesta Ciudadana (APC), Alianza Solidaria Popular (ASIP) Seguridad, Orden Y Libertad (SOL), Voluntad Ciudadana Y Equidad Social (VOCES), Guarayos Hoy (GH), Jichi Compromiso Ciudadano (JICHI), Primero Conce (PC), Todos Por Roboré (TPR).
Estas 8 agrupaciones tienen resolución de autorización del TDE y se están elaborando los informes de supervisión de campo y de los estatutos presentados, en conjunto con la secretaría de cámara, que se encarga de la verificación y cumplimiento de la ley 1019, afirma Monasterio.
También otras organizaciones políticas presentaron sus solicitudes, pero estas fueron observadas por no tener su documentación completa o por estar fuera del plazo establecido, menciona Monasterio.
De acuerdo a la reglamentación debían comunicar sus estatutos al tribunal 7 días antes del plazo final, es decir hasta el 24 de diciembre del pasado año.
Las agrupaciones ciudadanas que fueron observadas son, Matieño De Corazón (MATICO), Cambio Posible (CAMPO), Un Nuevo Instrumento Revolucionario Boliviano (UNIR.BO).
Otras organizaciones ciudadanas que sin solicitar supervisión presentaron sus estatutos protocolizados fueron, Autonomía Para Bolivia (APB), Nuevo Poder Ciudadano (NPC), Paz Y Progreso (PP), Siglo XXI De San Juan (SAN JUAN XXI) y Somos Primeros (SP).
A partir de la presentación de los estatutos solicitados, el TDE tiene un plazo de 30 para su revisión, es decir hasta fines de enero deberán emitir la resolución registrando los estatutos que cumplan y se adecuen a la ley 1096. En caso de incumplimiento se hará la debida observación y se le otorgará a la agrupación ciudadana correspondiente un nuevo plazo para modificar los estatutos y adecuarse a la ley.
Monasterio resalta que las consecuencias de no haber adecuado sus estatutos y presentado sus solicitudes, las determina el Tribunal Supremo Electoral (TSE), emitiendo resoluciones a las mismas por el incumplimiento de la ley. Este incumplimiento se va a tomar como una falta para la agrupación. Tres faltas constituyen la cancelación de la personalidad jurídica.
Las agrupaciones ciudadanas aun deber poner en línea sus estatutos para tener la posibilidad de registrar candidatos en próximos procesos electorales.