A través del Decreto Supremo, el presidente dispone el pago de Bs 21 mil –“único exclusivo y personalísimo e independiente de la pensión vitalicia”- a favor del del único sobreviviente ex - Combatiente de la Guerra del Chaco, declarado como Benemérito de la Patria.
En el segundo parágrafo del artículo único de este decreto, se especifica que el pago no es extensible ni a los herederos del benemérito ni a las viudas de guerra ni a las viudas de posguerra.
El Ministerio de Economía es el responsable de desembolsar los recursos del Tesoro General de la Nación para la ejecución de este decreto.
La norma fue dad el pasado miércoles 5 de julio y ya se encuentra publicada en la Gaceta Oficial del Estado.
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