De un total de 74 candidaturas habilitadas para gobernaciones, apenas ocho (10,81%) corresponden a mujeres, frente a 66 varones (89,19%). La exclusión se replica en las alcaldías de ciudades capitales del país. De 108 postulaciones habilitadas, solo 10 (9,26%) son femeninas, mientras que el 90,74% corresponde a candidatos hombres.
Este reporte se desprende de las listas publicadas el 11 de enero por el Órgano Electoral Plurinacional. Esto revela una brecha que compromete el ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres.
Sobre la base de estos datos, la Defensoría del Pueblo lamentó la baja participación de mujeres en las listas de candidaturas habilitadas para las elecciones subnacionales 2026.
La institución recordó que la Constitución Política del Estado, en su artículo 26, señala que la participación política se debe dar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, principio reforzado por la Ley 026 del Régimen Electoral, cuyo artículo 11 establece la obligatoriedad de la paridad y alternancia en las candidaturas. A juicio de la Defensoría, las cifras actuales evidencian un incumplimiento de estos mandatos.
En el plano internacional, el escenario descrito contraviene —según el balance de la Defensoría— los compromisos asumidos por el Estado en el marco de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.
De hecho, el 25 de octubre de 2024, un comité internacional vinculado con esta convención instó a los Estados a aplicar la paridad como un “techo mínimo” en todos los espacios de toma de decisiones, exigiendo además transparencia en los procesos de postulación y sanciones efectivas ante su incumplimiento.
En ese contexto, la Defensoría del Pueblo exhortó a partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y alianzas a corregir estas asimetrías y a utilizar el periodo de sustitución de candidaturas —vigente hasta el 5 de febrero de 2026— para incorporar mujeres en cargos titulares, en estricta observancia del artículo 38, parágrafo IV, del Reglamento de Inscripción.
El llamado coincide con el plazo oficial fijado por el TSE para la sustitución de candidaturas inhabilitadas por incumplimiento de requisitos. De acuerdo con el calendario electoral, el periodo se extiende del 12 de enero al 5 de febrero de 2026 y es de cumplimiento obligatorio. La medida fue adoptada tras la publicación de las listas oficiales de habilitados e inhabilitados por parte del TSE y los Tribunales Electorales Departamentales.
Los datos difundidos por la autoridad electoral indican que más de 26.000 postulantes fueron descartados de un universo aproximado de 34.000 inscritos, lo que abrió un margen excepcional para la regularización de listas. En un acuerdo nacional, el TSE estableció expresamente este plazo como “prudente y razonable”, advirtiendo que es impostergable y que, una vez vencido, no se admitirán nuevas sustituciones.
Finalmente, la Defensoría instó al TSE a ejercer su rol como garante de la democracia intercultural y de género, asegurando que ninguna lista de sustitución sea admitida si no cumple con los criterios de paridad vertical y horizontal exigidos por el bloque de constitucionalidad vigente.