El 16 de abril de este año la diputada Lidia Tupa (MAS-ala arcista) presentó una carta solicitando la reposición de proyecto de ley 280/2022-2023 “fortalecer la lucha contra la legitimación de ganancias ilícitas” y en seguida fue puesta en la agenda de la Cámara de Diputados.
“Nos hemos enterado en los últimos días que el oficialismo ha planteado su reposición para su tratamiento en el parlamento entonces la propiedad privada sigue bajo acecho”, alertó el diputado Miguel Antonio Roca.
Precisamente en el portal de la Cámara de Diputados figura la carta de Lidia Tupa realizado su solicitud y el documento fue admitido el 17 de abril. Este proyecto de ley fue presentado por el Gobierno de Luis Arce en 2021 y después de una larga movilización decidió retirarla del parlamento. Un nuevo intento fue en febrero de 2023 cuando David Choquehuanca remitió la carta a Jerges Mercado en su calidad de presiente de la Cámara de Diputados, intento que también fracasó.
Los gremiales se reunieron en un ampliado nacional en Tarija donde determinaron dar un plazo de 72 horas al Gobierno para que retire definitivamente el proyecto. El ejecutivo gremial, Jesús Cahuana, recordó que el viernes, de no tener respuesta a sus demandas -una de ellas es el retiro de este proyecto- iniciarán las movilizaciones.
La aprobación de una ley contra la legitimación de ganancias ilícitas no es una decisión del Gobierno de Arce sino un condicionamiento de organismos internacionales vinculados al control del lavado de dinero.
El informe del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) emitido en diciembre de 2023 observa precisamente las normas sobre legitimación de ganancias ilícitas, que en la nomenclatura legal internacional se conoce como “lavado de activos”, describió las dificultades del Estado boliviano para universalizar el control y destacó la existencia de reglamentos institucionales desde la Fiscalía.
“En el IEM (informe de evaluación mutua) de la tercera ronda Bolivia recibió la calificación PC (por cumplir) para la R.3 (recomendación 3) Lo anterior, principalmente en virtud de que el delito de legitimación de capitales (LA) no se adecuaba plenamente a lo preceptuado por las Convenciones Internacionales.
Adicionalmente, no se encontraban contemplados todos los delitos precedentes exigidos por la Recomendación y no se evidenciaron suficientes antecedentes que permitieran determinar la efectividad del sistema en cuanto a la autonomía del delito de LA (lavado de activos). Finalmente, se señaló que no existía un estatuto de responsabilidad penal aplicable a las personas jurídicas”, señala el informe internacional sobre esta exigencia.
En la exposición de motivos del proyecto precisamente recuerdan que la aprobación de esta norma es parte de los compromisos internacionales que tiene el Estado. El actual proyecto plantea la modificación de cuatro artículos del Código Penal, tres del Código de Procedimiento Penal y uno de la Ley del Notariado.