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Ministerio de Trabajo exige a las empresas la presentación de planillas del periodo de cuarentena hasta el 30 de junio

Martes, 09 de junio de 2020 a las 01:58
El incumplimiento de esta disposición implicará la aplicación de multas a partir del 1 de julio de 2020.

El Ministerio de Trabajo determinó la presentación de las planillas de sueldos, salarios y accidentes de trabajo de los meses de marzo, abril y mayo de la presente gestión, mediante la Oficina Virtual de Trámites (OVT) hasta el 30 de junio. El incumplimiento de esta disposición implicará la aplicación de multas a partir del 1 de julio de 2020.

Mediante comunicado, el despacho de Trabajo refiere que, en cumplimiento de la Resolución Ministerial 232/2020, las empresas o establecimientos laborales del sector privado que tengan pendientes la presentación de planillas de sueldos, salarios y accidentes laborales anteriores a marzo de 2020, y que no hayan superado los 180 días de retraso, deberán pagar las multas correspondientes al incumplimiento, cuyo cómputo reinició el 1 de junio de la presente gestión. Se excluye del cálculo el periodo transcurrido entre el 22 de marzo y el 31 de mayo.

El documento también explica que el depósito bancario por el costo del trámite debe realizarse por cada una de las planillas mensuales a presentar y la declaración de las mismas debe iniciar en marzo y concluir con mayo.

Los empleadores tienen la obligación de presentar mensualmente sus planillas hasta el día 15 del mes siguiente reportado, pero debido a la crisis que soporta el país por la pandemia del Covid-19 se determinó diferir la presentación de las planillas en los meses de marzo, abril y mayo.

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