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Nueva codificación de actividades económicas: lo que deben saber las empresas sobre el CAEB-2022 y el SIN

Martes, 27 de mayo de 2025 a las 04:57

 

El SIN ha comenzado a publicar desde abril una serie de reformas vinculadas a su sistema SIAT en Línea, tratamiento de decimales, declaraciones juradas rectificatorias, facilidades de pago y especialmente, la reorganización de las actividades económicas en el RNC

Durante los últimos días de mayo, muchas empresas y personas han recibido mensajes de WhatsApp por parte del SIN, informando que sus actividades económicas registradas como “genéricas” deben ser modificadas con carácter urgente. El motivo: desde el 2 de junio de 2025, entra en vigencia el nuevo “Clasificador de Actividades Económicas” del RNC, conforme a la RND  102500000018 de 22/04/2025.

El SIN ha comenzado a publicar desde abril una serie de reformas vinculadas a su sistema SIAT en Línea, tratamiento de decimales, declaraciones juradas rectificatorias, facilidades de pago y especialmente, la reorganización de las actividades económicas en el RNC. Estas normas fueron aprobadas para entrar en vigor el 5 de mayo, pero el plazo fue prorrogado al 2 de junio para su implementación gradual.

Entre los cambios más relevantes está la compatibilización del RNC con la Clasificación de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB-2022), elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en octubre de 2022. Esta clasificación, basada en estándares internacionales (CIIU Rev. 4), permite una identificación más específica de las actividades económicas.

El nuevo RNC obliga a reemplazar las actividades genéricas por actividades específicas, codificadas en 7 dígitos, que se dividen jerárquicamente en sectores, subsectores, clases y subclases. Esto permite al SIN conocer con mayor precisión qué actividad realiza un contribuyente y, en función de ello, asignarle el régimen tributario correspondiente (por ejemplo, Régimen General o Régimen Agropecuario Unificado).

Ejemplo práctico, la “cría de ganado bovino”, según la CAEB-2022, esta actividad se clasifica como: 

Sección A: Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca 

 División 01, Grupo 014, Clase 0141, Subclase 01411: Cría de ganado bovino” 

El RNC, esta actividad se encontraría bajo: 

Sector 36 – Ganadería - Subsector: Bovinos - Crianza sin procesamiento

Además, al tratarse de una actividad regulada, se requiere presentar el registro sanitario del SENASAG para su validación ante el SIN. Mientras no se presente esta autorización, el NIT se considerará preliminar y no podrá emitir facturas.

CÓDIGO

ACTIVIDAD ECONÓMICA

ENTIDAD EMISORA

DOCUMENTO A EMITIRSE

141100

Cría de Ganado Bovino

SENASAG

Registro Sanitario

 

Asimismo, se aplican los sufijos de terminación para generar los distintos códigos específicos:

 

 

 

CÓDIGO

ACTIVIDAD ECONÓMICA

SUFIJOS (01 AL 05)

0141100

Cría de ganado bovino

Actividad Económica estándar

0141101

Importación para la cría de ganado bovino

Actividad implica importación

0141102

Cría de ganado bovino para la Exportación

Actividad implica exportación

0141103

Cría de ganado bovino en Zona Franca

Actividad realizada en zona franca

0141105

Cría de ganado bovino Empresa Pública

Actividad realizada por empresa pública

 

Recomendaciones prácticas:

  1. Revisar el Clasificador de Actividades publicado por el SIN.
  2. Para actividades reguladas, tramitar previamente los registros necesarios, en el SENASAG, ASFI, ATT, SENAVEX, MINISTERIO DE EDUCACIÓN, según corresponda.
  3. No esperar al último momento. Aunque el plazo para adecuar las actividades vence el 31 de octubre de 2025, anticiparse a revisar el registro.

     

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