Durante los últimos días de mayo, muchas empresas y personas han recibido mensajes de WhatsApp por parte del SIN, informando que sus actividades económicas registradas como “genéricas” deben ser modificadas con carácter urgente. El motivo: desde el 2 de junio de 2025, entra en vigencia el nuevo “Clasificador de Actividades Económicas” del RNC, conforme a la RND 102500000018 de 22/04/2025.
El SIN ha comenzado a publicar desde abril una serie de reformas vinculadas a su sistema SIAT en Línea, tratamiento de decimales, declaraciones juradas rectificatorias, facilidades de pago y especialmente, la reorganización de las actividades económicas en el RNC. Estas normas fueron aprobadas para entrar en vigor el 5 de mayo, pero el plazo fue prorrogado al 2 de junio para su implementación gradual.
Entre los cambios más relevantes está la compatibilización del RNC con la Clasificación de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB-2022), elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en octubre de 2022. Esta clasificación, basada en estándares internacionales (CIIU Rev. 4), permite una identificación más específica de las actividades económicas.
El nuevo RNC obliga a reemplazar las actividades genéricas por actividades específicas, codificadas en 7 dígitos, que se dividen jerárquicamente en sectores, subsectores, clases y subclases. Esto permite al SIN conocer con mayor precisión qué actividad realiza un contribuyente y, en función de ello, asignarle el régimen tributario correspondiente (por ejemplo, Régimen General o Régimen Agropecuario Unificado).
Ejemplo práctico, la “cría de ganado bovino”, según la CAEB-2022, esta actividad se clasifica como:
“Sección A: Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca
División 01, Grupo 014, Clase 0141, Subclase 01411: Cría de ganado bovino”
El RNC, esta actividad se encontraría bajo:
“Sector 36 – Ganadería - Subsector: Bovinos - Crianza sin procesamiento
Además, al tratarse de una actividad regulada, se requiere presentar el registro sanitario del SENASAG para su validación ante el SIN. Mientras no se presente esta autorización, el NIT se considerará preliminar y no podrá emitir facturas.
CÓDIGO ACTIVIDAD ECONÓMICA ENTIDAD EMISORA DOCUMENTO A EMITIRSE | |||
141100 | Cría de Ganado Bovino | SENASAG | Registro Sanitario |
Asimismo, se aplican los sufijos de terminación para generar los distintos códigos específicos:
CÓDIGO ACTIVIDAD ECONÓMICA SUFIJOS (01 AL 05) | ||
0141100 | Cría de ganado bovino | Actividad Económica estándar |
0141101 | Importación para la cría de ganado bovino | Actividad implica importación |
0141102 | Cría de ganado bovino para la Exportación | Actividad implica exportación |
0141103 | Cría de ganado bovino en Zona Franca | Actividad realizada en zona franca |
0141105 | Cría de ganado bovino Empresa Pública | Actividad realizada por empresa pública |
Recomendaciones prácticas:
- Revisar el Clasificador de Actividades publicado por el SIN.
- Para actividades reguladas, tramitar previamente los registros necesarios, en el SENASAG, ASFI, ATT, SENAVEX, MINISTERIO DE EDUCACIÓN, según corresponda.
- No esperar al último momento. Aunque el plazo para adecuar las actividades vence el 31 de octubre de 2025, anticiparse a revisar el registro.