De acuerdo con la versión de la presidenta del Tribunal Electoral Departamental, María Cristina Claros, es difícil que Piso Firme sea contemplado como territorio beniano para las elecciones generales de agosto próximo. Esto pese a la resolución emitida por una sala constitucional del departamento vecino, que se conoció el pasado lunes.
"Con relación a Piso Firme, se considera que ,de acuerdo al INE, fue censada como parte de Santa Cruz y se tiene como antecedente el Decreto 15490 de mayo de 1978, como asiento electoral del departamento cruceño. Es así que TSE el domingo, 4 de mayo, publicó los mapas y asientos electorales que contempla a la circunscripción especial indígena del departamento de Santa Cruz, perteneciente al municipio de San Ignacio de Velasco, aseveró Claros, la mañana de este miércoles, ante los medios de comunicación.
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La autidad sostuvo que conocieron la resolución judicial a través de los medios, pero no han sido notificados formalmente. Nosotros conocemos por a través de los medios la resolución de una sala constitucional de Beni, pero no se ha informado ni notificado a esta instancia y desconocemos si se lo hizo ante el Tribunal Supremo Electoral. Para Claros, con la publicación de la cartografía realizada el pasado domingo y de acuerdo con la normativa vigente, es casi imposible que Piso Firme sea tomado en cuenta como territorio de Beni para las elecciones generales, previstas en agosto próximo. El lunes se conoció que la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Beni falló a favor del gobernador José Alejandro Unzueta Shiriqui y declaró nula la Resolución Administrativa 58/2024 del INE, que contenía información censal sobre comunidades en el área de Piso Firme. La resolución también ordena la rectificación inmediata de los datos, reconociendo a Piso Firme como parte del departamento de Beni. Los vocales del tribunal argumentaron que la resolución del INE presentaba contradicciones internas en su parte resolutiva lo que motivó su anulación por vicios de legalidad y razonabilidad. A partir de este análisis, también se instruye al INE aplicar todas las medidas administrativas, legislativas y judiciales necesarias para evitar daños a la delimitación territorial entre Beni y Santa Cruz. La audiencia concluyó con la notificación oral a las partes involucradas y la orden de remitir el fallo en un plazo de 24 horas al Tribunal Constitucional Plurinacional para su revisión, en cumplimiento del artículo 38 de la Ley 254. ¿Qué pasó con Piso Firme?