El presidente de la Asamblea Legislativa Departamental (ALD), Zvonko Matkovic, cambió su discurso inicial de la primera sesión de la institución en la gestión 2024. Hizo referencia a la sentencia constitucional, la situación del gobernador Luis Fernando Camacho y al Gobierno nacional.
Por lo general, en esta clase de sesiones que inician un nuevo año legislativo, se acostumbra hacer un pequeño resumen de lo logrado el año que pasó, y se explica cuáles son las expectativas por el que viene. Sin embargo, la circunstancia nos obliga a cambiar nuestro discurso, porque en esta ocasión Santa Cruz merece escuchar la verdad, comienza indicando. Desde los primeros días después del secuestro, la intención ha sido clara, quitarle la Gobernación al legítimamente electo por el pueblo. Agregó que sin ningún miedo y dando la cara, aprobamos la Ley 293 que interpreta un vacío legal del Estatuto y que regula la ausencia temporal y el impedimento definitivo del gobernador.... Hoy, esa Ley ha sido ignorada por el autoprorrogado Tribunal Constitucional, que en los últimos días de su mandato cumplió tres compromisos políticos con este Gobierno: una sentencia acabando con la repostulación de Evo Morales, otra sentencia contra el presidente del Senado Nacional y la tercera, una sentencia que pretende facilitar el asalto al Gobierno Departamental de Santa Cruz. El presidente de la ALD cuestionó ¿por qué? y la respuesta es simple, porque nunca pudieron invisibilizar a Luis Fernando. Ni con su secuestro en Chonchocoro pudieron evitar la mejor ejecución presupuestaria de la historia de esta Gobernación. Para Matkovic, algo tenían que hacer. ¿Cómo este hombre, encerrado en la cárcel más peligrosa de Bolivia, puede seguir teniendo semejante apoyo? Y lo único que se les ocurrió fue esto, negociar que se permita la prorroga del mandato de un Tribunal Constitucional a cambio de quitarle su investidura al gobernador. Y remarcó, hay que entender bien la situación, esto nunca ha sido una pelea entre cruceños. El pueblo votó y eligió a sus autoridades. Con la ley en la mano, y en los hechos, se ha demostrado que Luis Fernando Camacho Vaca, es y sigue siendo Gobernador de este departamento. Él no está ausente, se encuentra secuestrado. Es ante esta situación el presidente de la ALD señaló que nos encontramos acá, desde esta Asamblea, con un mandato constitucional y legal, hacer cumplir la ley, y no vamos a ceder a amenazas ni chantajes. Que no quede duda alguna, vamos a cumplir la ley. Es por eso que hemos pedido que se nos aclaren múltiples errores que hemos encontrado en esa sentencia, pero entre los más serios, está el hecho que va directamente en contra de una ley que se encuentra plenamente vigente, como lo es la 293, y también contra nuestro Estatuto Autonómico del Departamento de Santa Cruz. De acuerdo con la explicación de Matkovic, la sentencia constitucional 1021/2023-S4, en su parte resolutiva señala, textualmente: ordenar que el presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz y el vicegobernador del mismo departamento- hoy demandados- den cumplimiento de los preceptos constitucionales y legales antes referidos, promueva la suplencia temporal; mientras dure el impedimento de Luis Fernando Camacho Vaca, quien cumple medida de detención preventiva en el Centro Penitenciario de Chonchocoro de La Paz; debiendo en consecuencia: El Vicegobernador, asumir inmediatamente la suplencia temporal en el cargo de gobernador y el presidente de la ALD de Santa Cruz, promover y posesionar la suplencia legal mientras dure el impedimento del gobernador titular. Hago especial énfasis en la palabra suplencia temporal que está referida varias veces en lo arriba mencionado. ¿Por qué es que decimos que necesitamos esa complementación y enmienda? A continuación, doy lectura a los que dice la ley 293 y en su artículo siete, parágrafo tercero: la suplencia temporal se activará cuando tanto la gobernadora o gobernador como la vicegobernadora o vicegobernador se encuentran ausentes, situación en la cual una o un asambleísta departamental, asumirá funciones de gobernadora o gobernador en suplencia, detalló Matkovic. En esa misma línea, hizo referencia al Estatuto Autonómico, en su artículo 25 parágrafo segundo, que indica que la suplencia temporal se produce cuando tanto la gobernadora o el gobernador como la vicegobernadora o el vicegobernador se encuentran ausentes temporalmente. En este caso, una o un asambleísta departamental asume la suplencia temporal de la gobernadora o gobernador. Y concluye señalando que queda claro, que la sentencia hace referencia a un termino especifico, adminístrese la suplencia temporal al vicegobernador del departamento, pero la ley 293 y el mismo Estatuto, no dejan lugar a duda, que esa suplencia temporal, solo puede ser administrada a un asambleísta departamental. El presidente de la Asamblea Legislativa Departamental hizo una pequeña reflexión y luego concluyó la sesión, destacando lo difícil de desarrollar una gestión con el gobernador detenido en Chonchocoro. Sin embargo, mientras Matkovic explicaba lo importante de conocer la respuesta del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sobre la solicitud de complementación y enmienda, éste ratificó la suplencia de Mario Aguilera en el cargo de gobernador de Santa Cruz. La sesión se instaló a las 16:25 y concluyó a las 16:45; con el respectivo quórum pero sin dar lugar al debate.
Y durante todo este año que pasó, nos hemos visto amenazados con denuncias de todo tipo, para tratar de asustarnos a nosotros y nuestras familias y tratar de doblarnos a su antojo. Pero sin embargo siempre dimos la talla, aseguró Matkovic.