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(NO PUBLICAR) Corte IDH: “no existe un derecho a la reelección indefinida en el ámbito del sistema interamericano”

Viernes, 25 de junio de 2021 a las 07:01

Por Redacción

(VEA EL VIDEO) Desde el MAS sostienen que la decisión no es vinculante. Ese partido se valió de una sentencia constitucional para habilitar a Evo Morales como candidato para los comicios de 2019

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) determinó este viernes que “no existe un derecho a la reelección indefinida en el ámbito del sistema interamericano”, ante la solicitud de una opinión consultiva formulada por Colombia en 2018.

La decisión tiene efectos severos en el ordenamiento jurídico de la región, sobre todo en Bolivia, donde, mediante una sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) se habilitó a Evo Morales como candidato para los fallidos comicios de 2019.

La Constitución Política del Estado (CPE) señala, en su artículo 168, que las autoridades pueden ser reelectas “por una sola vez de manera continua”, pero en 2017, asambleístas del Movimiento Al Socialismo (MAS), presentaron una acción de inconstitucionalidad abstracta, relativa a los límites para una reelección presidencial, que terminó favoreciendo a Morales.

Ellos se fundamentaron en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que en su inciso “b” señala que los ciudadanos pueden gozar del derecho “de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores”.

La decisión fue emitida por los siete jueces de la Corte a través de una comunicación pública y no en el marco de una audiencia, porque este procedimiento se cumplió entre el 28 y 30 de septiembre de 2020.

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