La noche del miércoles se promulgó la Ley 1636, para la Protección de la Integridad Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales, que introduce cinco nuevas figuras penales específicas para enfrentar este tipo de casos.
Los legisladores explicaron que con la vigencia de la ley se fortalecerá la prevención, protección y reparación frente a delitos graves como el "grooming (ciberacoso), la producción y difusión de material de abuso sexual infantil y el contacto indebido con fines sexuales.
El mismo presidente del Estado, Luis Arce, destacó que esta ley “crea un marco regulatorio sólido para identificar, investigar y sancionar a quienes cometan delitos en contra de la integridad sexual de nuestros menores en cualquier plataforma digital o medio de comunicación”.
Nueva tipificación de delitos
La norma, ahora vigente, incorpora nuevos delitos al Código Penal como: el contacto con fines sexuales a través de las TIC, el abuso sexual digital, la exposición a contenido sexual y la producción y posesión de material de abuso infantil.
A éstos, la norma establece una pena privativa de 10 a 15 años de cárcel para las personas que distribuyan, arrienden, intercambien, vendan o comercialicen contenido digital que contenga representación visual de las partes íntimas de niñas, niños y adolescentes, o de exhibicionismo corporal con fines económicos.
Además, instituye que toda persona que contacte a niñas, niños y adolescentes a través de comunicaciones electrónicas, enviando mensajes, videos, fotografías u otro contenido erótico o sexual será sancionada con 4 a 8 años de privación de libertad.
El objetivo
En esa misma línea, la normativa permitirá el uso de agentes encubiertos digitales para investigar estos delitos; se fortalecerá el rol del sistema educativo y de salud, estableciendo obligaciones de prevención, denuncia y atención integral.
De igual manera, la ley dispone que toda niña, niño y adolescente víctima de delitos contra su integridad sexual en entornos digitales tiene derecho “a la reparación del daño por parte del autor o autores”.
Los jueces deberán disponer medidas de seguridad física y tratamientos psicológicos y terapéuticos adecuados, cuyos avances serán informados mensualmente por las instancias responsables para garantizar el control de garantías.
Sobre los tiempos y procedimientos
Según informaron, que tras la promulgación de la Ley se abre un plazo de 180 días para que la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transporte desarrolle un marco reglamentario para “regular, controlar, supervisar y fiscalizar la correcta prestación de los servicios y actividades por parte de los operadores o proveedores de telecomunicaciones y tecnologías de la información y comunicación, con el fin de proteger la integridad sexual de niñas, niños y adolescentes en entornos digitales”.