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En el TCP recuerda que el único mecanismo de sustitución de magistrados es por voto

Lunes, 06 de octubre de 2025 a las 18:09
Autoridades del TCP defienden su legitimidad a pesar de estar prorrogados

Un mensaje del presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Romer Saucedo, solicitó la renuncia de los magistrados autoprorrogados

Los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional respondieron a las declaraciones del presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Romer Saucedo sobre la situación de autoprórroga que gozan. 

El único mecanismo constitucional para la sustitución de magistrados del TCP, TCJ, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura es a través de elección por voto; no puede la Asamblea Legislativa Plurinacional proceder a cesarlos. Esa es la posición de algunos magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional que prefirieron guardar reserva entretanto se emita una posición oficial.

Esta postura se conoció luego de que el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Romer Saucedo, exigió, a través de su cuenta personal de tuit, la renuncia de los cinco magistrados “autoprorrogados” del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) a quienes acusó de “haberle causado daño al país y destruido la institucionalidad”. 

En el TCP analizan una respuesta oficial, pero le recuerdan al presidente del TSJ que el anterior mes hicieron Sala Plena conjunta en la que se procedió a la designación de vocales constitucionales y que Saucedo, a principios de año, admitió que tenían que convivir con los prorrogados mientras se elijan a los reemplazantes mediante voto. 

Expresaron su sorpresa por el cambio de posición manifestado por Saucedo después de estos ocho meses de coordinación con los nueve tribunos y a  falta de dos semanas para el balotaje.

Dejan establecido que el único mecanismo constitucional para reemplazar a los magistrados electos que ampliaron su mandato debido a las elecciones judiciales parciales, es a través del voto universal, según algunos magistrados.

De acuerdo con la normativa vigente

De acuerdo con el artículo 158.I.5 de la Constitución Política del Estado, le corresponde a la Asamblea Legislativa Plurinacional, preseleccionar a los candidatos a magistrados del TCP, TSJ, Tribunal Agroambiental y consejeros de la Magistratura pero “no puede disponer el cese de los magistrados y consejeros, porque ello, importaría no solo una actuación ilegal sino una flagrante intromisión de un Órgano a otro, lesionando de esa forma la separación de poderes que quebranta el Estado de derecho”.

La propuesta de la senadora Silvia Salame, del funcionamiento del TCP solo con cuatro magistrados electos en diciembre de 2024 y la cesación de los cinco que se ampliaron el mandato indefinido mediante una declaración constitucional, consideran que podría generar un vacío jurisdiccional temporal en este tribunal de cierre y el debilitamiento de la norma suprema al desconocerla e incumplirla, y rompería la separación de poderes, no existirían contrapesos requeridos en todo Estado de derecho.

Es la segunda vez que Saucedo se refiere a los magistrados prorrogados del TCP. El pasado 17 de julio, en ocasión de la conmemoración de la fecha de instalación de la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy TSJ, le encaró al presidente Gonzalo Hurtado y le exhortó a darle certidumbre a las elecciones generales y evitar que se cercenen las atribuciones constitucionales del TSJ en la designación de vocales constitucionales que debía hacerse en Sala Plena conjunta con el TCP.
 

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