Mientras los gobiernos municipales se aprestan a refaccionar o reacondicionar las infraestructuras educativas con miras al nuevo año escolar, ayer lunes, el Ministerio de Educación divulgó la resolución 001/2026 que rige la nueva gestión en todo el país.
De acuerdo con la nueva resolución, el periodo de inscripciones está fijado del 19 al 23 de enero; las clases empezarán el 2 de febrero para concluir el 2 de diciembre, cumpliendo así los 200 días hábiles de trabajo.
En Santa Cruz, padres de familia, desesperados por encontrar cupos para sus hijos, han colocado sillas fuera de algunas unidades educativas fiscales y de convenio del nivel inicial, como en el módulo El Mundo, ubicado en el distrito 6 (Pampa de la Isla), y en otros establecimientos.
Pensiones escolares
En cuanto a las pensiones en los colegios privados, el artículo 76 indica que se congelan los costos durante el periodo de inscripciones. Sin embargo, en abril, una comisión mixta, conformada por el Ministerio de Educación, Ministerio de Economía y la Asociación Nacional Colegios Privados (Andecop) analizará la posibilidad del incremento, considerando la situación económica del país.
“Las unidades educativas privadas tienen terminantemente prohibido realizar cualquier cobro adicional a las diez (10) pensiones mensuales, ya sea por reserva de plaza, matrícula o derecho de inscripción, material educativo y gastos administrativos u otros. Esto debe contemplarse en los contratos que cada unidad educativa privada establece”, subraya la resolución.
Estudiantes nuevos
La norma establece que la inscripción de alumnos regulares (antiguos) es automática, debiendo ser ratificada con la presencia física del estudiante y padre, madre de familia o tutor hasta 15 días de iniciado el desarrollo curricular.
En cuanto a los estudiantes nuevos, el artículo 14 señala que el registro para el primer o segundo año de escolaridad (de Educación Inicial en Familia Comunitaria, primer año de escolaridad para Primaria Comunitaria Vocacional y Secundaria Comunitaria Productiva) se realizará el 19 y 20 de enero, mientras que aquellos que cambien de unidad educativa, del 21 al 23 de enero.
En caso de que el niño o niña se inscriba por primera vez al colegio, debe presentar: certificado de nacimiento original y cédula de identidad. Para casos de estudiantes extranjeros, cédula de identidad de extranjero, credencial de diplomático) o similares del país de origen.
No se entregarán textos y se modificará la evaluación
El director departamental de Educación de Santa Cruz, Nelson Alcócer, reveló algunos cambios contemplados en la resolución 001/2026 con respecto a la gestión pasada. Por ejemplo, este año, los textos escolares ya no serán entregados. Los profesores deberán producir sus propios materiales educativos basados en la malla curricular y la bibliografía externa.
El artículo 25 lo explica de la siguiente manera: “Por razones de cambio en los lineamientos curriculares, no se publicarán nuevos textos en la presente gestión educativa. Los maestros podrán sugerir material educativo para el desarrollo curricular sin que provoque gastos excesivos a los padres de familia o tutores”.
Otro de los cambios tiene que ver con la evaluación al alumno. Ya no existe el “decidir” en la evaluación, en esta gestión el maestro sólo considerará tres dimensiones: “el ser”, “el hacer” y “el saber”, ponderando las calificaciones de la siguiente manera: 10 puntos para “el ser”, 45 para “el saber” y 40 para “el hacer”. La autoevaluación tendrá un valor de 5 puntos.
La norma también prohíbe a alumnos y docentes usar teléfonos móviles, pero sí aprueba el uso de computadoras con fines educativos.
Otras normas que establece la resolución 001/2026
Alumnos por aula. Artículo 23: El número máximo será de 25 estudiantes por paralelo y año de escolaridad; 30 alumnos en el nivel de educación primaria, 35 en el nivel secundaria; y 10 en centros nocturnos, siempre y cuando exista un solo paralelo. En el área rural y zonas de difícil acceso, el número de alumnos por aula varía. Estos podrán funcionar hasta con un alumno de acuerdo a norma.
Uniforme y material escolar. Artículo 43. El uso del uniforme en las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio no es obligatorio, pero aquellos que opten por el uso de uniforme deben realizarlo en consenso de la comunidad educativa.
Uso de celulares. El Artículo 45 establece que “queda terminantemente prohibido el uso de celulares en el aula por parte de estudiantes y maestros”.
Sobre expulsión de estudiantes. Artículo 77: “En unidades educativas privadas está prohibido suspender, expulsar y excluir a estudiantes de clases, evaluaciones, modalidades de atención o de cualquier actividad curricular, por retraso en el pago de pensiones”.
Actos de promoción. Artículo 28. En Educación Inicial en Familia Comunitaria y Educación Primaria Comunitaria Vocacional, se prohíben los actos de promoción. Únicamente se autorizan actos de promoción del sexto año de escolaridad de Educación Secundaria Comunitaria Productiva.