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Las seis claves para entender la nueva normativa de la ASFI sobre el ‘dólar tarjeta’ o ‘dólar turista’

Jueves, 27 de marzo de 2025 a las 17:24

La nueva Resolución 216/2025 de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), publicada el 14 de marzo mediante circular 857/2025, dio lugar a muchas interpretaciones y dudas sobre las compras con tarjetas de crédito en el exterior.

La nueva Resolución 216/2025 de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), publicada el 14 de marzo mediante circular 857/2025, dio lugar a muchas interpretaciones y dudas sobre las compras con tarjetas de crédito en el exterior.


Lo cierto es que dicha resolución levantó las restricciones de montos que paulatinamente impusieron los bancos, a medida que se acentuaba la crisis de los dólares en 2024. Algunas entidades restringieron compras con tarjeta a tal punto que solo se podía comprar el importe de $us 100 al mes o algunos, incluso hasta $us 20 semanal.

El economista Fernando Romero detalla, líneas abajo, ocho conceptos claves para entender la resolución de la ASFI, para evitar cometer errores a la hora de comprar bienes y servicios en el exterior.


1.    La nueva normativa es una apertura para que las transferencias y las transacciones en el exterior no tengan un monto fijo que, de cierta manera, estaba limitado por la falta de dólares. Ahora el monto es variable, tomando en cuenta la cotización del dólar en el mercado paralelo y definido por una fórmula matemática.

2.    Hasta antes de la resolución, el monto mínimo libre de pago de comisión era de $us 35. Actualmente es de $us 100 dólares. A partir de ahí se cobra la comisión, con base en la fórmula antes mencionada (variable) y es la diferencia porcentual, entre el precio promedio ponderado de las compras de dólares de los bancos de los últimos 30 días, contados desde la semana pasada, y el cambio oficial. Por ejemplo, si el banco compró el dólar en Bs 12, el componente variable sería: (12/6.86)-1 =74.9%.

3.    Compras y pagos en POS (Punto de Venta). Esto se refiere a las compras y pagos con tarjetas de débito o crédito a través de algún equipo electrónico. Esto incluye también retiros en cajeros automáticos. Todos pagan la comisión variable compras y pagos en POS (Punto de Venta). 

4.    Transferencias al exterior. Para importaciones, así como para pagos por conceptos de servicios de salud o educación, se mantiene la tasa fija del 3%. “Aquí, al parecer, no se va a afectar la importación de bienes y servicios. Y también cuando uno viaja, para temas de educación o salud y quiero pagar en dólares, no me van a cobrar una tasa o comisión más allá del 3%”, indicó Romero.

5.    Tarjetas de débito. Las compras en el exterior con este tipo de tarjetas se mantienen en $us 100 al tipo de cambio oficial.

6.    Cotización del dólar paralelo. La base para cobrar la comisión es la cotización del dólar en el mercado paralelo. La información la brindará cada banco a la ASFI, con una semana de rezago, dado que las entidades de intermediación financiera son las que adquieren los dólares. La supervisora es la encargada de calcular la comisión de forma diaria. 

En este último punto, el economista cuestionó la medida, porque no aclara si existirá una uniformidad en la cotización del dólar paralelo. "Eso es lo que creo que debería aclarar así, porque no está bien detallado. Nada más su fórmula es bastante compleja y creo que los bancos y la ASFI van a poder calcular porque solamente ellos tienen ese dato, indicó Romero.

 

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