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Jean Pierre Antelo, presidente de la Cainco: “Se da un esperanzador primer paso hacia la protección y seguridad jurídica”

Lunes, 17 de marzo de 2025 a las 11:47

El Tribunal Constitucional Plurinacional admitió la acción de inconstitucionalidad contra la Disposición Séptima del PGE 2025, suspendiendo temporalmente su aplicación. 

Tras la admisión del recurso de inconstitucionalidad abstracta contra la Disposición Adicional Séptima de la Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) 2025, el presidente de la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco), Jean Pierre Antelo, celebró la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).  


“Con la admisión del recurso de inconstitucionalidad abstracta sobre la Disposición Séptima del PGE se da un esperanzador primer paso hacia la protección y seguridad jurídica de nuestros productores en defensa del trabajo y el futuro del país", expresó Antelo a través de su cuenta en X. 

 
Antecedentes 


La Disposición Adicional Séptima del Presupuesto General del Estado (PGE) 2025 de Bolivia ha generado un amplio rechazo en diversos sectores económicos y sociales del país

Esta disposición faculta a las autoridades competentes a realizar acciones de: control, fiscalización, confiscación y/o decomiso de productos en el ámbito de comercialización de alimentos, especialmente si se sospecha de prácticas como el encarecimiento, retención o acaparamiento de estos productos.


No obstante, más de 40 sectores rechazaron la medida al considerar que vulnera el derecho a la propiedad privada. Perciben que la disposición otorga al Estado amplias facultades para intervenir en las actividades comerciales, lo que podría afectar la autonomía de los empresarios y comerciantes.


Además, sostienen que la posibilidad de confiscación y decomiso de productos genera preocupación sobre la estabilidad legal y la protección de los derechos de propiedad, lo que podría desincentivar la inversión tanto nacional como extranjera.


En este contexto, el diputado Miguel Antonio Roca Sánchez, presentó el recurso de inconstitucionalidad, aduiendo que la Ley del Presupuesto General del Estado no puede regular materias ajenas a su naturaleza, como es el control del comercio de alimentos. 


Además, sostuvo que la medida vulnera principios fundamentales, como la seguridad jurídica y el derecho a la propiedad privada. 

 
En respuesta a la demanda presentada, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional determinó admitir la acción de inconstitucionalidad abstracta.  


Así también remitió el caso a David Choquehuanca Céspedes, vicepresidente del Estado y presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, para su pronunciamiento en un plazo de 15 días.  


Y ordenó la suspensión provisional de los parágrafos I y II de la Disposición Adicional Séptima de la Ley del Presupuesto 2025 hasta que se dicte una sentencia constitucional.  


Con esta decisión, el Tribunal impide la aplicación de la norma impugnada y cualquier tratamiento normativo vinculado a la cuestión planteada, en resguardo del orden constitucional.  



 

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