La Asociación Departamental de Propietarios de Estaciones de Servicio de Santa Cruz (Asosur) alertó que una nueva resolución de la Agencia Nacional de Hidrocarburos restringe la venta de diésel a usuarios directos, impone mayores trámites administrativos y reduce los volúmenes de abastecimiento, lo que —según el sector— pone en riesgo la libre comercialización del combustible y genera incertidumbre operativa en las estaciones de servicio.
El pronunciamiento señala que la normativa incorpora la obligación de presentar una Declaración Jurada previa, registra a los usuarios en una plataforma digital, asigna únicamente tres estaciones de servicio para abastecimiento y limita el volumen máximo por carguío a 1.200 litros, cuando el Decreto Supremo 4910 permitía hasta 5.000 litros al mes. Además, Asosur advierte que el proceso de control y verificación podría generar retrasos burocráticos y no aclara el tratamiento de la facturación bajo el esquema 70/30 del crédito fiscal.
La entidad también cuestiona que la resolución no contemple disposiciones sobre el precio internacional del diésel, lo que dificulta la comercialización bajo esta modalidad. Según la institución, la normativa carece de coherencia y pone en riesgo la libre comercialización, al tiempo que exige un seguimiento administrativo que podría ser innecesario.
En ese contexto, la organización e declaró en emergencia y demandó que el Gobierno abrogue las normas que limiten la comercialización, promoviendo controles adecuados sin generar burocracia excesiva y asegurando un hilo conductor coherente entre las diferentes instituciones responsables.
La Asociación concluyó su comunicado advirtiendo que las políticas deben ser claras, integradas y respetar la dinámica del mercado para garantizar el abastecimiento sin restricciones innecesarias.
Respuesta de la ANH,
Sin embargo desde la ANH la comercialización de gasolina en envases de menor volumen —como bidones o galones— se mantiene bajo la normativa vigente, tal como se desarrollaba antes de la promulgación del Decreto Supremo 5503, que fijó nuevos precios de referencia para la gasolina y el diésel. “La venta de gasolina en bidones se desarrolla sin modificación alguna, como sucedía antes de la emisión del DS 5503”, subrayó la entidad reguladora.
En este contexto, la ANH recordó que el único requisito para acceder a la compra de combustible en bidones es la presentación del carnet de identidad original y su respectiva fotocopia, documento que las estaciones de servicio deben exigir a los usuarios interesados en esta modalidad de adquisición.