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Ministerio de Trabajo recomiendan suspender actividades laborales si el riesgo de contagio es alto

Domingo, 31 de mayo de 2020 a las 11:37
El sector público como el privado tienen la obligación de cumplir con todas las medidas de bioseguridad, tanto en el ingreso como en la salida de su personal

A horas de que el país pase de una cuarentena rígida a una dinámica, el Ministerio de Trabajo emitió una resolución en la que recomienda no restablecer las actividades si el riesgo de contagio por coronavirus se mantiene en un nivel alto.

La resolución indica que el objetivo es regular los horarios y la jornada laboral durante la vigencia de Decreto Supremo 4245, que determina continuar con la cuarentena nacional, dinámica y condicionada hasta el 30 de junio de 2020.

El documento, entre sus principales artículos, señala que si se mantienen las condiciones de riesgo alto de contagio de la enfermedad, las actividades laborales públicas y privadas se suspenderán.

Sin embargo, si el riesgo de contagio es de nivel medio, se trabajará en horario continuo durante seis horas. Si el peligro es moderado las actividades laborales serán de ocho horas de lunes a viernes.

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